Ayudas a la contratación de los seguros agrarios. (código 2431) (SIA 225097)

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Información Básica

Objeto:

Otorgar subvenciones a la contratación de seguros agrarios.

Información de Interés

Acceso a la Oficina Virtual de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, también podrán ser beneficiarios de estas ayudas los agricultores y ganaderos constituidos en comunidades de bienes, cuando estas hayan suscrito seguros agrarios de las líneas que se determinen en la correspondiente convocatoria, exclusivamente para las explotaciones agrarias cubiertas por las pólizas, que estén situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que sean beneficiarios de una ayuda concedida por ENESA. Las pólizas a subvencionar deberán suscribirse con compañías aseguradoras integradas en AGROSEGURO

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Agricultores que tengan su explotación en la Región de Murcia y hayan recibido una subvención de ENESA para las líneas y módulos subvencionables

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Las subvenciones previstas son para explotaciones radicadas en Murcia que suscriban seguros agrarios.

2. Estar inscrito en el Registro de Explotaciones o haber solicitado la inscripción antes de solicitar esta subvención.

3. Haber contratado una póliza de seguros agrarios de las líneas y módulos subvencionables.

4. Haber recibido una subvención de ENESA.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de ayudas a los seguros agrarios
  • Escritura de constitución
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que el solicitante sea una Comunidad de Bienes
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que el solicitante sea una Comunidad de Bienes certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Hacienda Regional para cada uno de los comuneros.
  • Autorización
    (No obligatorio / No original)
    Autorización para la presentación telemática de la solicitud
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Declaración responsable para la concesión de subvenciones
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (Obligatorio / No original)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones con las CCAA (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud de ayudas a los seguros agrarios   [Fuera de plazo: 30-07-2021 – 01-10-2021]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVACabrá reposición y contencioso.“El interesado debe optar entre interponer el recurso de reposición o el contencioso administrativo, no pudiendo simultanear ambos recursos.Si opta por interponer el de Reposición:1º.- El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna.2º.- El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, se produzca el acto presunto.3º.- Contra la resolución de este recurso no se podrá interponer de nuevo dicho recurso. Tampoco se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.4º.- En el enlace https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1494&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288, encontrará información sobre el funcionamiento del recurso potestativo de reposición en la Administración Regional.Si decide interponer directamente el recurso contencioso administrativo:El plazo máximo para su presentación de será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución objeto de recurso. Si no se notificara resolución expresa, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la resolución presunta de la solicitud presentada.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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