Este procedimiento está INACTIVO. Para la emisión de Certificados y Diligencias del Registro SAT se ha desarrollado el Procedimiento 501
El objetivo de este procedimiento es emitir Certificados y Diligencias del registro de sociedades agrarias de tranformación (S.A.T).
Por un lado la emisión de un Certificado de datos registrales de una sociedad agraria de transformación es necesaria en muchos casos para la presentación de dicho documento a otros órganos administrativos públicos o privados con la inteción de autentificar dichos datos ante el organismo que lo solicita.
Por otro lado, el otro objeto del procedimiento es emitir una Diligencia que como su nombre indica consiste en un trámite o gestión generalmente administrativa para resolver un asunto, de cara a la emisión de este documento será la propia SAT que documento desea diligenciar.
El objeto de la emisión de una Diligencia o Certificado por parte del Registro, es la verificación de datos de la sociedad agraria de transformación. Por lo tanto, a la hora de solicitar este tipo de documento administrativo los representantes de la sociedad deberán fijarse bien que los datos de la sociedad agraria de transformación estén actualizados:
Titulares de una S.A.T.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)
La primera condición indispensable para la emisión de cualquier de estos dos documentos es que la SAT se encuentre regularizada, es decir, que todos aquellos datos que se van acertificar o diligenciar sean así a la fecha de emisión del documento.
Se certificarán o diligenciarán aquellos datos registrales solicitados en la formulación del procedimiento.
La persona por ser sujeto obligado según indica el Artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la Tramitación de la Tasa sujeta al procedimiento solicitado tendrá que realizar el pago por Transferencia bancaria de forma Telemática según queda indicado en la propia tramitación de la Solicitud. No se procederá a la Autoliquidación presencial para la obtención de la Carta de pago de la Tasa.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |