Transmisión de las oficinas de farmacia (código 2481) (SIA 288095)

Información Básica

Objeto:

Tramitar la autorización administrativa de la transmisión de las oficinas de farmacia como consecuencia del traspaso, venta o cesión, a título gratuito u oneroso, inter vivos o mortis causa.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Farmacéuticos titulares de oficina de farmacia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

El titular o titulares de una oficina de farmacia podrán transmitir total o parcialmente la misma, a favor de otro farmacéutico, siempre que el establecimiento haya permanecido abierto al público y se haya mantenido la misma titularidad o cotitularidad durante tres años a contar desde la fecha en que se autorizó la última transmisión.

No será exigible el vencimiento del plazo de tres años en los supuestos de muerte, jubilación, incapacidad judicial y declaración judicial de ausencia del titular o de uno de los farmacéuticos titulares.

En caso de Transmisión mortis causa:

En los cuatro días siguientes a fallecimiento del titular se comunicará a la DG de competente en materia de farmacia a los efectos del cierre temporal forzoso o nombramiento de farmacéutico regente.

En el plazo de un mes desde el fallecimiento los herederos comunicarán si optan por el cierre definitivo voluntario de la Oficina de farmacia o por la transmisión.

Si optan por la transmisión en el plazo de 10 días deberán solicitar el cierre temporal, hasta la autorización de la transmisión o nombramiento de farmacéutico regente. Los herederos deberán transmitirla en el plazo máximo de 24 meses a contar desde el fallecimiento del titular.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de autorización de transmisión de oficina de farmacia
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Deberá adjuntar el MODELO NORMALIZADO DE SOLICITUD que puede descargar de la pestaña "Documentación" de la sede electrónica.
  • Escritura
    (Obligatorio / No original)
    Escritura que acredite el título de transmisión, con justificante de haber presentado la liquidación de los impuestos de transmisiones patrimoniales, actos jurídicos, donación u otros que resulten aplicables.
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Declaración de alta y baja en el impuesto de actividades económicas.
  • Contrato
    (Obligatorio / No original)
    Contrato o documento que acredite la disponibilidad jurídica del local donde está instalada la farmacia
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de transmisión onerosa en régimen de copropiedad se deberá aportar escritos de renuncia a ejercitar el derecho de retracto legal del resto de farmacéuticos copropietarios si la enajenación se solicita a favor de un tercero. Puede descargar de la pestaña "Documentación" de la sede electrónica.
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    Escrito de renuncia de los farmacéuticos con derecho preferente en su caso, si la enajenación se propusiera a favor de un tercero que no ostenta dicha cualidad. Puede descargar de la pestaña "Documentación" de la sede electrónica.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Declaración responsable del adquirente de no estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad profesional, establecidas en el Capítulo I, Título VI de la Ley 3/1997. Hay modelo normalizado, se puede descargar de la pestaña documentación de la Sede Electrónica
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de colegiación del adquirente de la oficina de farmacia
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Tasas a abonar

  • T811. Tasa por Instal./traslado/transmisión Oficinas de Farmacia
    H00002 - Expedientes. Transmisión FARMACIA. Constitución o Disolución
  • T811. Tasa por Instal./traslado/transmisión Oficinas de Farmacia
    H00002 - Expedientes. Transmisión FARMACIA. Constitución o Disolución


    La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes

    • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.
    • Si el procedimiento permite la solicitud de forma presencial, deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la carta de pago. Recuerde que deberá aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

      Resolución, Recursos y Normativa

      Resolución

      Forma de inicio: Por el interesado
      Plazo de resolución: 6 Mes/es
      Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

      Recursos

      Recursos que proceden ante la Administración Regional
      Tipo de recurso Ante quién va dirigido
      Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
      Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
      Tipo de recurso Ante quién va dirigido
      Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

      Normativa

      © Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia