Plan de ayudas a la producción de espectáculos en materia de artes escénicas.
Dpto. Promoción Cultural ICA: 968 375 163
LA RESOLUCIÓN COMPLETA SE ENCUENTRA PUBLICADA EN www.icarm.es (apartado convocatorias
)
EJERCICIO 2023:
Profesionales de las Artes escénicas de la Región de Murcia.
REGIÓN DE MURCIA
EXTINTO - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, TURISMO, CULTURA, JUVENTUD, DEPORTES Y PORTAVOCÍA
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)
Profesionales de las artes escénicas: las personas físicas y jurídicas que desarrollan su actividad principal en el ámbito de las artes escénicas antes citado y que se encuentren dadas de alta en el epígrafe 965 (del 965.1 al 965.4) del Impuesto de Actividades Económicas, con un mínimo de doce meses de antigüedad , aunque no sean de forma continuada, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
Deberán contar además con el compromiso formal y preceptivo a la realización, dentro o fuera de la Región de Murcia, de un mínimo de 6 representaciones del espectáculo producido que resulte beneficiario de la presente ayuda dentro de los doce meses siguientes a la fecha de estreno del mismo.
Quedan excluidos como beneficiarios de estas ayudas los peticionarios que ostenten la forma jurídica de asociación cultural, fundación o cualquier otro tipo de entidad sin ánimo de lucro, así como las comunidades de bienes (C.B.) o las entidades en régimen de atribución de rentas (EAR). Además de las personas físicas o jurídicas en quienes concurran alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y empresas distribuidoras, representantes o agentes de profesionales del sector de las artes escénicas
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |