Los funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes podrán solicitar:
- Ser incluido en la lista de la especialidad de la cual alega haber sido omitido en el censo.
- La participación voluntaria en los tribunales de las oposiciones convocadas para el presente año.
- La exclusión de la participación en dichos tribunales.
1º La “Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, por la que se determinan las normas que regirán el acto del sorteo para la designación de los vocales de los tribunales que han de seleccionar a los participantes en los procedimientos selectivos para ingreso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros, convocados por Orden de la Consejería de Educación y Formación Profesional de 21 de enero de 2026, y el plazo para que los funcionarios docentes puedan solicitar formar parte voluntariamente de los mismos", publica las listas con los funcionarios de carrera de las especialidades convocadas para los procedimientos selectivos. Integrarán estas listas aquellos que se encuentren efectivamente prestando servicios docentes en centros, programas o servicios educativos en nuestra comunidad en el presente curso escolar, excepto que se den en ellos las siguientes circunstancias:
En el caso de hallarse en alguna de las circunstancias anteriores se podrá alegar la omisión en la referida lista a efectos de ser incluido en ella.
Dichas listas están numeradas y ordenadas alfabéticamente por especialidad.
2º El apartado segundo de dicha resolución describe el procedimento del sorteo para la designación de vocales de tribunales. Dicho sorteo tendrá lugar el día XX de XXXX de 2026 a las 10:00 horas en el Salón de actos de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
3º Durante el plazo de presentación de solicitudes se podrá alegar la omisión en alguna de las listas, solicitar la participación voluntaria o la exclusión de la participación en los tribunales de los procedimientos selectivos.
4º Los motivos de exclusión que se podrán alegar se describen en el apartado cuarto de la mencionada resolución y comprenden:
(En estos cinco últimos casos la concesión dependerá de las necesidades del servicio.)
En caso de duda sobre la cumplimentación de la instancia telemática de solicitud de participación o para cualquier duda a lo largo de todo el procedimiento, puede dirigirse al siguiente correo electrónico: soporte.educacion@murciaeduca.es, indicando en el asunto “Procedimiento 2496"
Profesores funcionarios de carrera de las especialidades indicadas en la resolución que regula el procedimiento (ver apartado "Normativa")
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
1º) Para solicitar exclusión debe alegar alguna de las siguientes causas:
a) Situación de permiso por maternidad o paternidad, por adopción o acogimiento o por acumulación de lactancia.
b) La imposibilidad absoluta derivada de enfermedad, debidamente certificada por la Unidad de Inspección Médica de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
c) Los permisos de reducción de jornada de trabajo concedidos hasta el 31 de julio de 2026 al amparo del artículo 48.h) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Resolución de 19 de mayo de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se ordena la publicación del acuerdo sobre medidas sociales para el personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.
d) Los permisos de reducción de jornada concedidos hasta el 31 de agosto de 2026, al amparo del artículo 6.1 de la Ley 5/2012, de 29 de junio, de ajuste presupuestario y de medidas en materia de Función Pública.
e) Haber actuado efectivamente como miembro de tribunal en alguno de los procedimientos selectivos convocados por Orden de 22 de diciembre de 2022 y/o por Orden de 24 de febrero de 2022.
f) Ser director o miembro del equipo directivo de centros educativos que imparten las enseñanzas establecidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o director de equipos de orientación educativa y psicopedagógica.
g) El ejercicio de actividades sindicales para las que se haya concedido la correspondiente licencia.
h) Haber solicitado la jubilación con fecha de efectos de antes de 31 de diciembre de 2026.
2º) Para solicitar participación voluntaria:
No deben concurrir en los solicitantes ninguna de las circunstancias relativas a la abstención previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y así han de manifestarlo expresamente en la solicitud.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.


