Ayudas cofinanciadas por el FEDER a entidades sin fin de lucro para la financiación de actuaciones que fomenten la alfabetización digital y la e-inclusión (código 2498) (SIA 2402019)

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Información Básica

Objeto:

Ayudas cofinanciadas por el FEDER destinadas a entidades sin fin de lucro para la financiación de actuaciones que fomenten la alfabetización y la inclusión digitales en la Región de Murcia

El objetivo de la actuación es fomentar el acceso a la información, la formación a cualquier nivel, la capacitación profesional y el desarrollo de las competencias digitales entre la ciudadanía, con objeto tanto de mejorar su empleabilidad, como de disminuir la brecha digital entre los colectivos desfavorecidos, favoreciendo así la e-inclusión. Las actuaciones deberán contribuir a desarrollar entre la ciudadanía la innovación social, impulsando con ello el hallazgo de nuevos nichos de empleo, y la generación de riqueza, y contribuyendo de forma general a mejorar la calidad de vida, a través de las TIC, también para los colectivos en riesgo de inclusión exclusión social y digital. Dichas actuaciones desarrollarán programas de formación o bien eventos, ponencias, jornadas o ferias que divulguen, promocionen y fomenten la Sociedad del Conocimiento y la inclusión digital.

Información de Interés

La presentación de la solicitud deberá realizarse por vía telemática a través del “Formulario de solicitud genérica”, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es Procedimiento 2498. Para ello será necesario disponer de firma electrónica mediante cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de Murcia, que deberá corresponder al representante legal de la entidad solicitante.

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación requerida en el artículo 9 de esta convocatoria.

En todo caso, serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, así como las solicitudes de ayuda que no tengan relación con el objeto de esta convocatoria, o cuyas actuaciones no puedan encuadrarse en la actuación asociada a la misma, conforme a lo establecido en el artículo 1.3 de la Convocatoria.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de lo dispuesto en la Orden de Bases y en la presente convocatoria, y en particular, de las obligaciones en ellas establecidas.

Como medio de publicación de los actos y trámites del procedimiento se establece el sitio web:

http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2274&IDTIPO=100&RASTRO=c614$mAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL (A14036680)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1.- Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades siguientes:

     a) Entidades privadas sin fin de lucro: asociaciones, fundaciones, federaciones u otro tipo de institución privada que pueda acreditar la carencia de lucro en sus objetivos.

     b) Corporaciones de derecho público.

2.- Quedan excluidos expresamente como beneficiarios las universidades, entidades administradas por ellas y cámaras oficiales de comercio de la Región de Murcia.

3.- Las entidades solicitantes deberán estar legalmente constituidas a la fecha de publicación de la convocatoria y poseer personalidad jurídica propia.

4.- El ámbito geográfico de cualquier beneficiario debe incluir todo o parte del territorio de la Región de Murcia, por lo que deberá acreditar que tiene su domicilio o sede social, o bien una sucursal, delegación o establecimiento en la Región de Murcia.

5.- Las entidades solicitantes deberán presentar un proyecto en su solicitud de subvención, cuyo objeto se adecúe a lo establecido en el artículo 1, apartados 3 y 4 de la Convocatoria.

6.- Las entidades solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

7.- No podrán resultar beneficiarias las entidades solicitantes en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en cuanto les resulten de aplicación.

Requisitos posteriores

1.- Los beneficiarios quedan sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 11 y concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y especialmente a las siguientes:
    a) Al cumplimiento del objetivo y/o ejecución del proyecto, y justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en las bases reguladoras, en la convocatoria, y en la orden de concesión, así como la realización de la actividad y la finalidad de la  concesión de la subvención.
    b) Al sometimiento a las actuaciones de comprobación por parte del órgano concedente o cualesquiera otras de comprobación y control financiero realizadas por los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
    c) Comunicar al órgano concedente la existencia de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que afectase a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención, así como la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como se tenga conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
    d) A la obligación de reintegro de la subvención concedida si incurre en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 37 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    e) Cualesquiera otras obligaciones impuestas a los beneficiarios en la normativa comunitaria, estatal o autonómica aplicable.

2.- En particular, en relación con las obligaciones consecuencia de la cofinanciación FEDER, y sin ánimo exhaustivo, los beneficiarios quedan obligados a:
    a) La aplicación de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.° 1083/2006 del Consejo.
    b) La aplicación de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el
Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1080/2006.

    c) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control de conformidad. Dichos documentos deberán ser conservados hasta tres años después del 31 de diciembre del año siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
    d) Adoptar las medidas necesarias para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actividades subvencionadas en los términos establecidos en el artículo 19 de las presentes bases. 
    e) Al tratarse de una actuación cofinanciada con Fondos FEDER, el beneficiario deberá cumplir lo establecido en el apartado 2.2 del Anexo XII del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. En la documentación, actividades y actos financiados que se realicen para el desarrollo de esta actuación, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten en el marco del mismo, el beneficiario deberá hacer mención expresa a la cofinanciación comunitaria y de la Comunidad Autónoma, debiendo exhibir el logotipo de la Unión Europea (cumpliendo lo establecido en el Capítulo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014), la referencia al “Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)”, el lema “Una manera de hacer Europa” y el logotipo de la CARM.
    f) La concesión de la ayuda económica de esta actuación lleva implícita la aceptación del beneficiario de aparecer en la correspondiente lista de operaciones del FEDER, prevista en el artículo 115 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
    g) Se deberá obtener y conservar constancia documental de todas las actividades de difusión que se realicen durante todo el periodo de ejecución
del objeto de la subvención así como las actuaciones y proyectos en torno al mismo, a través de fotografías o documentos gráficos que acrediten el adecuado cumplimiento de las obligaciones en cuanto a la mención expresa a la cofinanciación con fondos comunitarios FEDER y de la CARM, y la inclusión de los correspondientes logotipos y lemas tal y como señala el apartado e).
    h) El beneficiario informará al público del apoyo obtenido de los fondos haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión. En caso de contar con  establecimiento físico se deberá colocar al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo A3), en el que se mencionará la ayuda financiera de la Unión, por ejemplo a la entrada del mismo, en los mismos términos que en el apartado e).
    i) Cumplimentar los resúmenes de información y publicidad sobre las actuaciones, proyectos y eventos objeto de la subvención en la forma que sea indicada por el órgano instructor.
    j) Mantener la inversión, objeto de subvención, en servicio durante al menos cinco años a partir de su puesta en marcha, comunicando al órgano concedente cualquier baja, modificación, cambio de titularidad, ubicación o características técnicas de las mismas, a los efectos de la comprobación del cumplimiento de la finalidad y mantenimiento de los términos de concesión de la ayuda, pudiendo determinarse en caso de que proceda el reintegro de la subvención percibida.

3.- El beneficiario estará obligado a facilitar la información sobre los indicadores necesarios para la medición del impacto y los recursos de la actividad. El Anexo III de la Orden de Bases, establece indicadores genéricos del proyecto ejecutado, cuyos valores deberá presentar el beneficiario en la documentación justificativa de la ayuda. La forma de cálculo y obtención de los valores de los indicadores deberán ser presentados igualmente como parte de la justificación.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD DE AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FEDER PARA ENTIDADES SIN FIN DE LUCRO PARA EL FOMENTO DE LA ALFABETIZACIÓN E INCLUSIÓN DIGITALES
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    Anexo I. Solicitud de ayuda, firmado electrónicamente por el representante de la entidad
  • Memoria técnica
    (Obligatorio / Original)
    Anexo II. Memoria técnica y económica de la solicitud de la ayuda, firmada electrónicamente por el representante de la entidad
  • Autorización
    (Obligatorio / Original)
    Anexo III. Autorización para consultar los datos relacionados con el expediente firmada electrónicamente por el representante Legal. En caso de no autorización deben adjuntar los documentos sobre los que no se autoriza la consulta.
  • Presupuesto
    (No obligatorio / Original)
    Anexo IV. (Obligatorio en caso de que el proyecto conlleve contrataciones de servicios o adquisiciones de bienes, ya sean subvencionables o no) Relación de presupuestos o facturas Proforma
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (Obligatorio / No original)
    Certificado acreditativo del NIF de la entidad, expedido por la AEAT (documento con CSV o copia auténtica)
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / Original)
    Certificado de titularidad de la cuenta bancaria expedido por la entidad financiera
  • Designación/autorización de representación
    (Obligatorio / No original)
    Documento que acredite que la persona firmante de la solicitud dispone de capacidad y poderes suficientes para realizar en nombre de la entidad, la solicitud de subvención (documento con CSV o copia auténtica)
  • Estatutos de la institución
    (Obligatorio / No original)
    Documento de constitución, modificación, estatutos, acta fundacional de la entidad, o cualquier otro análogo, donde consten: - Fines de la entidad. - Expresamente la inexistencia de ánimo de lucro. - Domicilio, sede social, sucursal, delegación o establecimiento radicado en la Región de Murcia (Documento con CSV o copia auténtica)
  • Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    (Obligatorio para entidades no inscritas en el Registro de Asociaciones de la CARM o que no autoricen consulta) Certificado de inscripción en el Registro administrativo correspondiente, cuando la misma sea obligatoria (documento con CSV o copia auténtica)
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    (Para entidades no inscritas en el Registro de Asociaciones de la CARM o que no autoricen consulta) En su caso, acreditación de haber sido declarada entidad de utilidad pública según el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (documento con CSV o copia auténtica)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones con las CCAA (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • SOLICITUD DE AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FEDER PARA ENTIDADES SIN FIN DE LUCRO PARA EL FOMENTO DE LA ALFABETIZACIÓN E INCLUSIÓN DIGITALES   [Fuera de plazo: 15-01-2022 – 14-02-2022]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia