Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Programa de ayudas dirigidas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia para la realización de actividades de i+d de carácter no económico, cofinanciadas por FEDER (código 2527) (SIA 687384)

Información Básica

Objeto:

Solicitar ayudas dirigidas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, mediante subvención a fondo perdido.

Información de Interés

Se establecen dos Modalidades de actividades no económicas subvencionables:

a) Modalidad 1: Proyectos I+D independiente: consiste en la ejecución de proyectos de investigación y desarrollo propios, ya sean individuales o en cooperación con otros centros, con el fin de incrementar el conocimiento del centro tecnológico e incluirá aquellas acciones destinadas a la amplia difusión de resultados de las investigaciones de forma no discriminatoria y no exclusiva. Los resultados esperados de los proyectos ejecutados deberán ser de interés general para la diversificación y la competitividad empresarial especialmente en el sector de referencia de los centros participantes en el proyecto. Los proyectos podrán incluir actividades de investigación fundamental, industrial o desarrollo experimental (con arreglo a lo establecido en el artículo 2, apartados 84, 85 y 86 del Reglamento (CE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17.6.2014), siempre con carácter no económico.

b) Modalidad 2: Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D: este Programa favorecerá la identificación de necesidades de I+D en los sectores productivos de la Región de Murcia, el diseño y puesta en marcha de líneas de I+D que respondan a las necesidades detectadas y las actividades de transferencia de conocimiento y la cualificación y mejora de sus equipos de investigación.

Queda excluida del objeto de la Orden de 26 de diciembre de 2017 la actividad económica, entendiéndose como tal, además de la investigación llevada a cabo bajo contrato, el alquiler de las infraestructuras de investigación y cualesquiera otras actividades de naturaleza económica que impliquen la oferta de bienes y servicios en el mercado.

Las actuaciones e inversiones subvencionadas, requisitos particulares en función de su naturaleza, plazos  y el crédito máximo disponible establecido en cada convocatoria, podrán ser consultados, junto con los correspondientes formularios de solicitud, en la WEB del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en los siguientes enlaces:

Modalidad 1:http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/566Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Modalidad 2: http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/567Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Centros Tecnológicos, que cumplan los siguientes requisitos:a) Que tengan la condición de PYMES con arreglo a la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.b) Que sean asociaciones empresariales privadas.c) Que estén válidamente constituidos en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.d) Que desarrollen las actividades no económicas dentro del ámbito geográfico de Región de Murcia, mediante un centro de trabajo en la Región de Murcia.e) Que ostenten la condición de organismo de investigación y difusión del conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.carm.es/ris3), siempre que se encuadren en el objeto, requisitos y costes elegibles del programa específico anexo a la Orden de 26 de diciembre de 2017 de la Consejería de Empleo, Universidades y Empresa por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas a los Centros Tecnológicos de la Región de Murcia destinadas a la realización de actividades de I+D de carácter no económico, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

a) Los proyectos de I+D independiente deberán presentar una componente innovadora y/o tecnológica predominante, y tendrán un alto potencial de transferibilidad al tejido empresarial regional.

b) Las actividades no económicas subvencionadas deberán estar comprendidas en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.carm.es/ris3).

c) Los planes de difusión y promoción, tanto de los resultados de los proyectos de I+D independiente aprobados como del Programa de actuaciones no económicas de apoyo a la I+D, deberán materializarse necesariamente antes de la presentación de la cuenta justificativa y contemplarán al menos la creación de un acceso público a través de la web del Centro beneficiario donde se pueda acceder a los resultados de las actividades subvencionadas, que se comunicará al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, así como una difusión lo más amplia posible a través de los medios habituales que utiliza el Centro. Dicho acceso ha de ser abierto y libre de barreras económicas, aunque será posible establecer una restricción razonable de acceso a la información –así, el registro de los usuarios y propósito de los mismos- siempre que se garantice que el conocimiento obtenido a partir de actividades financiadas con fondos públicos es considerado bien público. El Centro hará conocedor y partícipe al Instituto de Fomento de la Región de Murcia de todas las acciones de promoción y de comunicación previstas tanto en la fase previa de solicitud como, con la suficiente antelación, a lo largo del desarrollo de las mismas, incluida la difusión de los resultados en soportes físicos o electrónicos.

d) Los proyectos de I+D colaborativos deberán sustentarse en un acuerdo de colaboración suscrito por los participantes, que será aportado en la cuenta justificativa por el Centro coordinador. En dicho acuerdo deberán incluirse los compromisos de ejecución asumidos por cada Centro, así como mención expresa al reparto de los derechos de propiedad industrial e intelectual resultado del proyecto. En cualquier caso, se nombrará un Centro coordinador con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que corresponden a la totalidad de centros que participen en el proyecto subvencionado. Sin perjuicio al derecho de repetición que ostente el Centro responsable frente al resto centros participantes, éste responderá de la totalidad de incumplimientos, reintegros o sanciones que se deriven de la subvención otorgada. 

e) Los proyectos y actividades subvencionables no podrán estar finalizadas en el momento de la presentación de la solicitud de subvención.

Documentos a aportar junto con la solicitud

  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Dónde y Cómo tramitar

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Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

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