Autorizar botiquines de farmacia en núcleos de población inferiores al municipio en donde no se pueda instalar una oficina de farmacia.
La solicitud deberá presentarse adjuntando el modelo específico de solicitud "Solicitud de autorización sanitaria de botiquines de farmacia" así como la documentación pertinente que se indica en la citada solicitud
Cada botiquín farmacéutico dependerá de una oficina de farmacia. Asimismo, las oficinas de farmacia sólo podrán tener vinculado un botiquín.
Clases de botiquines:
- Permanentes: autorizados por motivo de lejanía o difícil comunicación con respecto a la farmacia más cercana y cuyo servicio se prestará con continuidad durante el año.
- De temporada: autorizados con motivo de altas concentraciones de población en determinadas épocas del año.
- De emergencia: autorizados por situaciones excepcionales de emergencia sanitaria.
Ayuntamientos, Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Región de Murcia, titulares/cotitulares o herederos legales de oficinas de farmacia
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)
a) El núcleo de población, pedanía, diputación o división territorial de denominación tradicional análoga, inferior al municipio, debe tener al menos 300 habitantes censados.
b) La distancia del local donde se pretende instalar el botiquin farmacéutico a la oficina de farmacia o al botiquín más cercano será al menos de 3 km por la vía de comuncicion más corta. En situacionesde especial dificultad de comunicación o por necesidad de mejora en el servicio convenientemente justificada, esta distancia podrá ser de 2 km.
c) En el caso de solicitarse por aumentos de población estacionales, éstos deberán superar el 100% de la población censada y en todo caso las 1000 personas y como mínimo un mes al año.
Antes de la apertura y puesta en funcionamiento del botiquín, y en el plazo máximo de dos meses desde que se notificó la autorización administrativa, el Farmacéutico Titular de la Oficina de Farmacia de la que dependa el botiquín, deberá ponerlo en conocimiento de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano a fin de que se realice la correspondiente visita de inspección, al objeto de comprobar si se cumplen los requisitos siguientes:
a) Local:
- suficientemente alejado de cualquier fuente de contaminación.
- acceso libre, directo y permanente a una vía pública.
- superficie mínima de 20 metros útiles, repartida en una sóla planta, diferenciando zona de atención al público y zona de almacenamiento.
- agua potable y lavabo.
- en acceso al establecimiento figurará: un rótulo con la leyenda "Botiquín farmacéutico", placa con el nombre del titular y la dirección de la oficina de farmacia responsable del botiquín, horario de atención al público (en el caso de botiquines de temporada el periodo de actividad) y las oficinas de farmacia más cercanas que atiendan el turno de Urgencias en los dos días posteriores a la fecha.
b) Condiciones higienico-sanitarias:
- adecuadas para una asistencia farmacéutica correcta.
- estado de limpieza y condiciones ambientales de humedad y temperatuara adecuadas para correcta conservación de los medicamentos y productos que se dispensen.
- armario con garantías de seguridad suficiente para la custodia de estupefacientes y medios frigoríficos para las especialidades farmacéuticas termolábiles.
- dotación bibliográfica actualizada.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Indíquese y en su caso, acredítese documentalmente el motvo por el que se solicita el cierre del botiquín
a) Desaparición de las causas o condiciones que motivaron su autorización.
b) Instalación de una oficina de farmacia en la pedanía, diputación u otra división territorialde ámbito inferior al municipio.
Asimismo indíquese el destino de los medicamentos que disponía en el momento del cierre.
1.-Cambio de titularidad del botiquín. Se deberá decribir en el apartado correspondiente de la solicitud específica lo motivos que justifiquen el cambio de titularidad
2-Obras en el botiquín. Se deberá aportar junto a la solicitud específica la siguiente documentación:
La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes
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Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A SALUD |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |