Acreditar y renovar la acreditación de los Comités de Ética de investigación incluidos los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos.
Deberán comunicarse las modificaciones que se lleven a cabo durante la vigencia de la acreditación (composición, reglamento de funcionamiento interno o medios de que dispone). El plazo para comunicar dichos cambios con expresión de los motivos que los justifican será de 15 días a contar desde que se produce dicho cambio.
La memoria de actividades del Comité acreditado deberá presentarse anualmente en el primer cuatrimestre del año, la cual deberá ir firmada por el presidente y el secretario del Comité.
Los CEIm serán acreditados por un período de cuatro años. Transcurrido dicho plazo podrá renovarse la acreditacion solicitándolo tres meses antes de la fecha de vencimiento de la misma.
Centros sanitarios de la Región de Murcia.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)
Los centros sanitarios de la Región podrán promover la constitución de un Comité de Ética de Investigación (CEI).
En el caso de los Comité de Ética de Investigación con medicamentos (CEIm) se constituirá uno de ámbito regional, pudiendo los centros sanitarios privados promover la constitución de un CEIm propio.
Los Procedimientos normalizados de trabajo (PNT) deben ser aprobados en la primera reunión del comité y enviados al Servicio de Ordenación y Atención Farmacéutica en el plazo máximo de 2 meses tras la notificación de la resolución de la acreditación.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
La memoria al menos contendrá:
• Nº de reuniones plenarias y otras.
• Para cada tipo de estudio:
-Nº de estudios evaluados, sus áreas terapéuticas y sentido del dictamen.
- Modificaciones sustanciales evaluadas y sentido del dictamen.
- Informes sobre la marcha de los estudios evaluados. o Informes anuales de seguridad evaluados.
- Informes de resultados evaluados.
• Modificación de los PNT con indicación de las actas y las reuniones de aprobación.
• Composición actual del comité y modificaciones si las hubiera, incluyendo las fechas de aplicación.
• Copia del presupuesto anual o partida presupuestaria para el funcionamiento y formación del CEIm.
• Listado de actividades formativas de los miembros del comité
T815: Tasa relativa a Comités Éticos de Investigación clínica y por evaluación y emisión de dictámenes de ensayos clínicos con medicamentos: a) Por acreditación de Comité Ético de Investigación Clínica. b) Reacreditación de Comité Ético de Investigación Clínica. Quedan exentas del pago de esta tasa las administraciones públicas sanitarias, centros de investigación, universidades e instituciones sin ánimo de lucro, así como aquéllos otros promotores de un ensayo clínico con medicamentos que se considere de interés estratégico de la Administración Sanitaria Regional. La exención se hace constar en la propia autoliquidación,
La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes
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Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A SALUD |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |