Convocar las pruebas para la obtención del certificado de aptitud necesario para la expedición de las licencias de caza, clases G, S y C (C1, C2 y C3) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en base al Decreto n.º 112/2018, de 23 de mayo, por el que se establecen las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en la Región de Murcia.
En base a la Orden de 14 de octubre de 2019, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de la realización de las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el 2020, las 2 convocatorias de 2021, se realizarán el 14 de abril y el 15 de septiembre a las 18:00 horas, en el Salón de Actos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, sita en la Plaza Juan XXIII de Murcia.
El plazo para la presentación de las solicitudes para la realización de las pruebas de aptitud, será desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) hasta el 31 de marzo de 2021 (convocatoria 14 de abril de 2021) y 1 de septiembre de 2021 (convocatoria 15 de septiembre de 2021).
El manual y el tipo de examen, se pueden descargar en https://cazaypesca.carm.es/web/cazaypesca/examen.
El curso optativo del examen del cazador se imparte en los cuatro CIFEA de la Región y en el Centro Comarcal Agrario de Caravaca de la Cruz. En la web anterior, vienen las fechas de los cursos que se van a impartir (el curso es voluntario, pero su superación, permite obtener 2 puntos del examen). El modelo de solicitud para asistir a estos cursos y el calendario se puede consultar en https://cazaypesca.carm.es/web/cazaypesca/examen.
Apoderamiento efectuado electrónicamente:
Cualquier ciudadano puede otorgar ya electrónicamente apoderamientos, que quedarán inscritos en apoder@.
Los interesados podrán acceder a través de alguna de las siguientes direcciones https://rea.redsara.es https://sede.administracion.gob.es.
También se podrá acceder a través del enlace de la Sede Electrónica de la CARM, número de procedimiento de la Guía 9943 "Apoderamiento de representación ante las administraciones públicas".
Apoderamiento mediante comparecencia personal del interesado:
Cualquier ciudadano podrá otorgar el apoderamiento mediante comparecencia ante funcionario público habilitado realizada en una Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano.
Personas físicas que no tengan acreditada la aptitud y pretendan obtener por primera vez la licencia de caza de la Región de Murcia (Procedimiento 1695 - Expedición de licencias de caza).
Personas físicas que hayan sufrido la retirada de la licencia de caza por resolución administrativa o sentencia judicial firme, motivada por infracción grave o muy grave, una vez cumplido el plazo de inhabilitación.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)
1. Tener catorce años cumplidos o cumplirlos durante el año de la convocatoria de la prueba de aptitud. En caso de menores de 18 años, no emancipados, deberán contar con la autorización escrita de cualquiera de los padres o tutores del menor de edad (Anexo I.- Autorización a menores).
2. Abonar la tasa T210. Sección Primera, 1) e) de la Orden de 12 de marzo de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Púbicas (BORM n.º 68, de 23 de marzo de 2018), con el concepto de “derechos de examen para la obtención de la licencia de caza”, por importe de 10 euros, antes de finalizar el plazo de inscripción.
3. No estar inhabilitado para la caza por resolución administrativa o sentencia judicial firme.
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en cada convocatoria. Recuerden que en este supuesto la firma de la solicitud ha de estar manuscrita.
Obtener Carta de Pago
(Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |