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Disculpen las molestias.
Facilitar la internacionalización de inversores privados e incubadoras y aceleradoras de empresas, mediante su participación en eventos, foros, ferias, encuentros y misiones internacionales directas e inversas que les permita el establecimiento de contactos con otros inversores e incubadoras o aceleradoras de empresas internacionales con el objeto de que puedan alcanzar acuerdos de cooperación y coinversión que les ayude a su crecimiento y expansión internacional.
Asimismo, es objeto de este programa fomentar la participación de las empresas innovadoras regionales en encuentros de transferencia de tecnología, misiones de prospección, foros de inversión, o encuentros entre emprendedores nacionales o internacionales, organizadas por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, para el establecimiento de contactos con otras empresas, y con potenciales clientes, socios o inversores, con el objetivo de dar a conocer sus productos o servicios, conocer posibilidades de cooperación y, en general, de compartir y adquirir nuevos conocimientos sobre nuevas tecnologías, modelos de negocio y metodologías de aceleración de empresas.
En concreto, será objeto de subvención en este programa de ayudas la participación de las empresas en:
Foros y encuentros de emprendedores o de inversores nacionales e internacionales.
Misiones directas e inversas de prospección para conocer nuevos ecosistemas innovadores, de cooperación, coinversión o tecnológicas
Asistencia a ferias.
Ayuda en especie con caracter de Mínimis.
Cada convocatoria establecerá una cuota de participación, que las empresas deberán abonar con carácter previo a la realización de la acción y que el Instituto de Fomento de la Región de Murcia facturará al beneficiario.
Podrá encontrar más información sobre este programa de ayuda, plazos, convocatorias y formulario de solicitud en el Área de Tramitación Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
Podrán acogerse a estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:- que sean personas físicas o jurídicas comprendidas en la definición de pyme,- que sean empresas innovadoras, inversores privados e incubadoras o aceleradoras de empresas, de acuerdo a las definiciones que se establecen en el artículo 3 a efectos de las presentes Bases,- que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.En cualquier caso, cada convocatoria podrá establecer limitaciones o exclusiones sectoriales, sin perjuiciode lo establecido en el artículo 2 de la Orden de Bases de 1 de junio de 2018 reguladora de este Programa.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.