Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 7:45 horas del martes día 10/12/2024, algunos trámites  de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Auditorías públicas a entidades integrantes del Sector Público de la CARM (código 2680) (SIA 2099964)

Información Básica

Objeto:

Verificar, con posterioridad y de forma sistemática, la actividad económico-financiera de las entidades auditadas, para comprobar que su gestión es conforme a las disposiciones y directrices de aplicación, así como, en su caso, su adecuación a los principios de eficacia, eficiencia y economía.

Información de Interés

  • El procedimiento se inicia con el acuerdo de inicio de control, notificandose el inicio de los trabajos al titular de entidad objeto de control, continúa con las actuaciones de Instrucción y finaliza con la emisión del Informe, debiendo concluir antes del 31 de diciembre del ejercicio en el que se realice la Auditoría.
  • La auditoría pública se ejerce respecto de las unidades integrantes del sector público autonómico: organismos autónomos; entidades públicas empresariales; entidades de derecho público; sociedades mercantiles regionales; fundaciones del sector público autonómico y consorcios regionales.
  • Las labores de auditoría pública se realizan por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la División de Auditoría Pública, y/o los funcionarios que designe, pudiendo contratar los servicios que fueran necesarios cuando los efectivos de personal no resulten suficientes.
  • En la notificación de inicio del Control o durante su desarrollo, se podrá requerir cuanta información y documentación se considere necesaria para el ejercicio de la auditoría.
  • Emitido el informe provisional de auditoría, la Intervención General lo remitirá al gestor directo de la actividad controlada para que en el plazo máximo de quince días desde la recepción del informe formule las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estime oportunas.
  • Si no se presentan alegaciones por el ente auditado, transcurridos quince días el informe provisional se eleva a definitivo.
  • En el caso de que se presenten alegaciones, estas serán examinadas por el auditor y tenidas en cuenta para la elaboración del informe.
    • Las alegaciones habrán de presentarse mediante el formulario genérico " Actos de trámite en un expediente ya iniciado" indicando la referencia del control que figure en la notificación, en particular, la entidad objeto de control y la cuenta objeto de auditoría.
      • En el EXPONE/SOLICITA de la solicitud, se especificará sí se está dando cumplimiento a una obligación prevista por la normativa; atendiendo a un requerimiento, o bien se están presentado alegaciones a la propuesta de informe.
      • Se adjuntarán las alegaciones, junto a los documentos y justificaciones que se estimen pertinentes por las entidades objeto de control,  o que haya sido requerida.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

Entidades integrantes del sector público autonómico: organismos autónomos; entidades públicas empresariales, entidades de derecho público; sociedades mercantiles regionales; fundaciones del sector público autonómico y consorcios regionales.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INTERVENCIÓN GENERAL (A14036656)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Presentación en el mes de abril de las cuentas formuladas en el primer trimestre por la entidad objeto de control, a través de la plataforma PEYVE. 
  • Presentación del plan de acción por la consejería de adscrioción de la entidad objeto de control, en el plazo de tres meses desde la recepción de los informes definitivos.
  • Acuerdo de inicio de control.
  • Notificación del inicio de los trabajos al titular de la entidad objeto de control.

Requisitos posteriores

  • Instrucción.
  • Emisión de Informe provisional de auditoría.
  • Notificación del informe al titular de la entidad objeto de control.
  • Procedimiento sometido a contradicción: Plazo de 15 días hábiles para recibir posibles alegaciones.
  • Observaciones a las alegaciones y elevación del informe a definitivo.
  • Notificación del informe definitivo al titular de la entidad objeto de control y al titular de la Consejería de adscripción de dicha entidad.
  • Informe de valoración del Plan de Acción, en su caso, en el plazo de dos meses.
  • Notificación de la valoración del Plan de Acción.
  • Modifcación, en su caso, del Plan de Acción en el plazo de un mes.
  • Propuesta, en su caso, a Intervención General de elevación al Consejo de Gobierno para toma de razón de discrepacias graves o falta de presentación del Plan de Acción.

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


No existen datos para este epígrafe

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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