Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 8:00 horas del lunes día 05/05/2025, no estará disponible la Pasarela de Pagos de la CARM.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Cumplimentar, pagar y presentar telemática de la tasa fiscal sobre modalidades electrónicas de bingo. Modelo 047.
- El impuesto se devengará en el momento de adquisición de cartones por parte de los jugadores.
- Tendrán la consideración de sujetos pasivos las Empresas organizadoras del juego del bingo.
- Constituye la base imponible del impuesto la diferencia entre el importe total de los ingresos obtenidos procedentes del juego de esta modalidad y las cantidades satisfechas a los jugadores por sus ganancias.
- El tipo de gravamen será del 15 %.
- Las empresas titulares de la autorización del juego del bingo presentarán y, en su caso, ingresarán, una autoliquidación trimestral por cada sala que tengan autorizada, comprensiva de todos los terminales instalados en esa sala que desarrollen las modalidades electrónicas de bingo, en los siguientes períodos:
- 1.º periodo: 1 al 20 de abril.
- 2.º periodo: 1 al 20 de julio.
- 3.º periodo: 1 al 20 de octubre.
- 4.º periodo: 1 al 20 de enero.
En las modalidades electrónicas de bingo, el sujeto pasivo deberá disponer de un sistema informático que permita a la consejería competente en materia de hacienda el control telemático de la gestión y pago de la tasa fiscal correspondiente.
La autoliquidacion que se practique en el modelo 047 está integrada entre las diferentes fases del formulario especifico, por lo tanto no será necesario acceder al Portal tributario para su cumplimentación, pago y presentación.
Titulares de una autorización para la organización y explotación de salas de bingo.
SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14036667)
Ser titular de una autorización administrativa para la organización y explotación de salas de bingo y estar autorizado para las modalidades electrónicas de bingo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.