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1. Acceder a través del enlace “cl@ve - Acceso con identidad electrónica para las administraciones”
2. Dentro de cl@ve, usar la opción “DNIe / Certificado electrónico”
Sentimos las molestias ocasionadas.
Cumplir con la obligación de información de las ETTS (Empresas de Trabajo Temporal) a la administración, comunicando éstas a la Dirección General de Trabajo una relación de los contratos de puesta a disposición celebrados.
La comunicación de los contratos se realizará los 10 primeros días de cada mes.
Empresas de Trabajo Temporal autorizadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, ECONOMÍA SOCIAL Y AUTÓNOMOS
DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS, TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL (A14040332)
Exclusivamente tramitación telemática, a través de la aplicación SIGEtt (Sistema de gestión integral de empresas de trabajo temporal) en el siguiente enlace: https://expinterweb.empleo.gob.es/sigett/login
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Los requisitos son:
- Contratos de puesta a disposición celebrados por la ETT durante el mes anterior.
- Se presentará relación de contratos de puesta a disposición por cada centro de trabajo que se dé, de los que disponga la ETT, así como por cada número de cuenta de cotización a Seguridad Social, que tenga asignado la ETT y con los que haya realizado los contratos de puesta a disposición. Esta relación se cumplimentará y enviará, aun cuando la empresa no haya formalizado contratos de puesta a disposición en el período, indicando dicha circunstancia y anotando el valor cero en las columnas de tipos de contratos.
- El plazo de presentación de los contratos de puesta a disposición es durante los 10 primeros días del mes siguiente, al mes siguiente de la celebración de los contratos.
Se cumplimentarán todos y cada uno de los apartados que figuran en el modelo conforme indica el anexo III de la Orden ESS/1680/2015, de 28 de julio (BOE 20/06/2015):
a) Datos correspondientes a la identificación de la Empresa de Trabajo Temporal (denominación, CIF/NIF, código de la cotización de la Seguridad Social).
b) Denominación, número de identificación fiscal y código de cuenta de la cotización de la Seguridad Social de todas y cada una de las empresas usuarias. Codificación CNAE 2009 (cuatro dígitos).
c) Número de contratos celebrados con cada una de las empresas usuarias, desglosada por supuestos de celebración, de conformidad con lo previsto en el art. 6.2 de la Ley 14/1994, de 1 de junio.
d) Número total de trabajadores puestos a disposición con las empresas usuarias, así como el número total con independencia del número de contratos de puesta a disposición celebrados. Si un trabajador ha sido cedido en más de una ocasión, con la misma o distinta empresa usuaria, se computará una sola vez.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.