
Por tareas de mantenimiento y mejora de Portafirmas, el lunes 17/11/2025 de 15:00 a 18:00 horas, algunos servicios de la CARM pueden no estar disponibles.

Por tareas de mantenimiento y mejora de Cajamar, entre las 23:00 del sábado 15/11/2025 y las 7:00 horas del domingo 16/11/2025, el servicio de Pasarela de Pagos de la CARM puede no estar disponible.

Por cambios en el sistema informático se comunica que, el lunes 17 de noviembre entre las 15:00 y las 20:00 horas, no estará disponible la presentación de solicitudes ni trámites electrónicos para los procedimientos de las siguientes Unidades Gestoras:
- Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Dirección General de Consumo
- Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales
Sentimos las molestias ocasionadas.
- La FINALIDAD de este procedimiento es la siguiente:
Comunicar a la Autoridad Laboral, el inicio de un procedimiento para reducir la jornada, suspender o extinguir los contratos de los trabajadores por cuenta ajena, basado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Obtener de la Autoridad Laboral, la constatación de la existencia de la causa de fuerza mayor alegada, para posteriormente decidir la propia empresa sobre la extinción o suspensión de los contratos, y sobre la reducción de jornada de los trabajadores por cuenta ajena.
Obtener de la Autoridad Laboral, la declaración de la situación legal de desempleo, de los socios trabajadores de una Cooperativa de trabajo asociado, basada en causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor.
- ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE QUIEN ACTÚA “COMO REPRESENTANTE”: Se ha de aportar DOCUMENTACÍÓN que acredite que quien actúa como REPRESENTANTE, ostenta la REPRESENTACIÓN LEGAL de la empresa interesada (Artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
- DOCUMENTACIÓN A APORTAR SEGÚN LOS CASOS:
- Empresas cuyos trabajadores desarrollan su actividad o que se encuentran adscritos a centros de trabajo ubicados en su totalidad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (artículo 25.1 del Real Decreto 1483/2012).- Empresas cuyos trabajadores desarrollan su actividad o se encuentran adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más Comunidades Autónomas, pero el 85 %, como mínimo, de plantilla de la empresa radica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y existan trabajadores afectados en la misma. (artículo 25.3 del Real Decreto 1483/2012). - Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social o en algunos de los regímenes especiales que protejan la contingencia de desempleo, y que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 266 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO (A14046235)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Instrucciones para la cumplimentación de los datos de las personas trabajadoras:
https://sede.carm.es/documentos/borrador/3018/Relaciones%20nominales%20de%20trabajadores%20afectados%20por%20ERTE%20o%20MECANISMO%20RED%20para%20remitir%20a%20la%20TGSS.pdf
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
