Solicitud de Certificado de servicios prestados (hoja de servicios) por personal docente no universitario de centros públicos.
Este certificado no es válido a efectos de jubilación, que será el 3997: Solicitud de Certificado de Servicios a efectos de Jubilación para personal docente de Enseñanzas no Universitarias (código 3977) (SIA 2897533).
Aviso a efectos del procedimiento selectivo extraordinario de estabilización (BORM 18/11/2022):
En relación con el procedimiento señalado "la experiencia docente se acreditará de oficio por la DG siempre que el participante haya solicitado en primer lugar las plazas de la especialidad convocadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En estos casos no será preciso solicitar hoja de servicio. En el caso de servicios prestados en otras Comunidades Autónomas deberán remitirse a la unidad correspondiente de la Comunidad.
Las hojas de servicio que se soliciten por este procedimiento serán cerradas a la fecha de expedición por parte del Servicio de Personal Docente de la Consejería de Educación de la Región de Murcia.
Recepción y obtención del certificado
Una vez realizada la correspondiente petición, el documento solicitado se subirá, en el plazo de unos días y para su descarga por parte del interesado, en el apartado "documentos" dentro del espacio privado de EDUCARM.
La certificación solicitada le será suministrada a través de la dirección de correo electrónico que usted indique en la solicitud.
Personal docente de la Consejería de Educación de la Región de Murcia.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Prestar o haber prestado servicios como personal docente en centros públicos en la Consejería de Educación y Formación Profesional de la Región de Murcia.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.