Ejecución de Medidas Judiciales de Menores y colaboración entre Administraciones Públicas (código 3117) (SIA 2351504)

Información Básica

Objeto:

Ejecución de las medidas judiciales dictadas por los Juzgados de Menores de la Región de Murcia , o de otras Comunidad Autonóma cuando se solicite la Colaboración  por la Entidad Pública correspondiente, en los supuestos que el menor resida en la Región de Murcia.

Información de Interés

Al formulario electrónico de solicitud habrá de acompañarse necesariamente  el Modelo disponible en la pestaña "documentación", sí como los otros documentos que se relacionan.

En el supuesto de que la medida hubiese dado comienzo, se acompañarán además el Programa Individualizado de Ejecuión de Medida (PIEM) y los informes de seguimiento pertinentes.

Más información sobre medidas judiciales en la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Administración.

->Ejecución de medidas judiciales de menores.->Colaboración y cooperación con otras Administraciones Públicas

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS, INFANCIA Y CONCILIACIÓN (A14028747)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • El menor ha de residir en la Región de Murcia.
  • Oficio solicitando colaboración entre entidas públicas, acompañando:
    • Sentencias firmes emitidos por los Juzgados de Menores correspondientes
    • Informe del Equipo Técnico de Fiscalia.
    • Liquidación de medida practicada por el Letrado/a de la Adminsitración de Justicia
  • Oficio de la Entidad Pública que ha solicitado la colaboracion interautonómica aceptando la misma (cuando proceda)

Requisitos posteriores

  • informes de seguimiento a lo largo de la ejecución de la medida
  • Informe final al termino al finalizar la medida

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de Colaboración para la ejecución de medidas judiales de menores
  • Sentencia judicial
    (Obligatorio / No original)
    Sentencia firme dictada por el Juzgado de Menores de la medida a ejecutar
  • Informe técnico
    (Obligatorio / No original)
    Informe elaborado por el Equipo Técnico de Fiscalia
  • Resolución
    (No obligatorio / No original)
    Otras resoluciones judiciales si las hubiese, tales como AUTO de refundición, ordenación y unificación
  • Diligencia
    (No obligatorio / No original)
    Diligencia de LIQUIDACIÓN de medida si la hubiese, en caso de no contar con ella, se entregará una vez aprobado el PIEM por el Juzgado de Menores correspondiente
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    En el supuesto de colaboración se aportará certificado de empadronamiento del núcleo familiar

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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