Inscripción de modificación de patronato de la Fundación (código 3136) (SIA 2241756)

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Información Básica

Objeto:

Inscribir los actos de  nombramiento y aceptación, renovación, sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa, de los miembros del patronato, o de los cargos del mismo.

Información de Interés

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL NOMBRAMIENTO DE NUEVOS PATRONOS POR LA FUNDACIÓN

  • Solicitud de inscripción del nombramiento de los patronos.
  • Acta del acuerdo del patronato, por el que se nombran a los nuevos patronos o miembro de algún órgano, donde se hará constar:
    • Si los patronos fueran personas físicas, los nombres, apellidos, el D.N.I., nacionalidad y el domicilio.
    • Si los patronos fueran personas jurídicas, la razón social el N.I.F., nacionalidad y domicilio.
    • El cargo que ostentan en el Patronato.
    • La fecha de la aceptación formal del cargo.
    • La duración del mandato, si el nombramiento fuera por tiempo determinado.
  • Documentación acreditativa de la aceptación formal del cargo (Art 15.3 ley 50/2002), que podrá realizarse en:
    • Documento público.
    • Documento privado con firma legitimada ante notario
    • Mediante comparecencia realizada al efecto en el Registro de Fundaciones
    • A través de certificación expedida por el secretario con el visto bueno del presidente, con firma legitimada notarialmente.
    • En el supuesto de patronos que sean personas jurídicas, la aceptación formal del cargo deberá efectuarse por el órgano que tenga atribuida dicha facultad, que designará a la persona física que le vaya a representar en el Patronato. (Art 35.3 RD 1611/2007 de 7/12).

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL CESE DE PATRONOS POR LA FUNDACIÓN

  • Solicitud de inscripción del cese de los patronos.
  • Documentación acreditativa de la causa que originó el cese:
    • Por muerte o declaración judicial del fallecimiento, mediante certificación del Registro Civil.
    • Por extinción de la persona jurídica, mediante certificación del Registro Mercantil.
    • Por incapacidad, inhabilitación o incompatibilidad, mediante la resolución judicial o administrativa que declare tal circunstancia.
    • Por cese en el cargo por el que fue nombrado miembro del Patronato y por transcurso del periodo de mandato, mediante acta del Patronato o certificado del secretario con el visto bueno de su presidente donde se acredite la concurrencia de la causa que corresponda.
    • Por renuncia, mediante:
      • Documento público
      • Documento privado con firma legitimada notarialmente
      • Certificación expedida por el Secretario con el visto bueno del Presidente, con la firma legitimada notarialmente

Comparecencia ante el Registro de Fundaciones.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

La inscripción de los actos mencionados en el artículo 24 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, deberá solicitarse por el órgano de gobierno de las fundaciones al Registro en el plazo de un mes a contar desde su adopción, o de la autorización administrativa o judicial cuando ésta sea necesaria.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA, PORTAVOCÍA Y ACCIÓN EXTERIOR (A14036698)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado del acta con firma notarial legitimada que contenga el acuerdo del patronato con los respectivos nombramientos y aceptación de los cargos; ceses como patronos acreditado según se indica.

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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