Autorización para la Inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias que elaboran, fabrican, transforman y envasan alimentos de origen animal.
Quedan excluidos de la aplicación de inscripción en el Registro, sin perjuicio de los controles oficiales correspondientes, los establecimientos y sus empresas titulares en el supuesto de que exclusivamente manipulen, transformen, envasen, almacenen o sirvan alimentos para su venta o entrega in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio, o a colectividades, así como cuando éstos suministren a otros establecimientos de estas mismas características, y se trate de una actividad marginal en términos tanto económicos como de producción, respecto a la realizada por aquellos, que se lleve a cabo en el ámbito de la unidad sanitaria local, zona de salud o territorio de iguales características o finalidad que defina la autoridad competente correspondiente.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos”.
Se inscribirán en el Registro cada uno de los establecimientos de las empresas alimentarias que fabriquen, elaboren, transformen, envasen y manipulen productos de origen animal.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)
La inscripción en el Registro no excluye la responsabilidad del operador económico respecto del cumplimiento de la legislación alimentaria que le compete, conforme al artículo 17 de Reglamento (CE) Nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo del 28 de Enero del 2002.
La modificación de cualquiera de los datos de información obligatoria, señalados en el R.D. 191/2011 de 18 de febrero, B.O.E. nº 57 de 8 de Marzo, o el cese definitivo de actividad económica de los establecimientos, se presentaran ante esta Unidad que podrá dar lugar a las actuaciones de oficio, conformemente reflejadas a los Art 6º, 7º y 8º del citado Real Decreto.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
En el caso de Altas de nuevos establecimientos, ampliación de actividad, cambio de titularidad y/o cambio de domicilio elegir en hecho imponible H002C- - Inspección y control de establecimientos alimentarios y en tipo de inspección "Industrias de productos alimenticios y bebidas" o bien "Comercio al por mayor y/o almacenamientos de productos alimenticios o bebidas" según proceda. En otros casos preguntar 968366642 968362253 En el caso de haber abonado una tasa que no corresponda por cualquier motivo podrán solicitar la devolución del ingreso indebido mediante el procedimiento 1609. https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1609&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
Obtener Carta de Pago
(Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A SALUD |