Permitir la inscripción a la prueba específica de acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo en Espeleología.
Los requisitos para solicitar la inscripción a la prueba de acceso:
Todos los participantes deberán presentar:
Participantes con discapacidad:
Dirigido a deportistas de espeleología y barrancos
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
Requisitos académicos para solicitar la inscripción a las pruebas específicas de acceso a los ciclos que se indican a continuación:
Para el acceso al Ciclo inicial de grado medio:
-Título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos de acceso.
Para el acceso al Ciclo final de grado medio:
-Acreditar tener superado el ciclo inicial de grado medio en espeleología
Para todos los solicitantes de los dos ciclos:
Requisitos Específicos:
Certificado de superación de la prueba de acceso al ciclo inicial .
Certificado de superación de la prueba de acceso al ciclo final
- Certificado médico donde el facultativo indique la capacidad del interesado para realizar estas pruebas físico-deportivas.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
El pago se hace en el centro privado autorizado, organizador de las pruebas de acceso.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |