Prolongación/Prórroga de permanencia en servicio activo del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud (código 3213) (SIA 2410645)

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Información Básica

Objeto:

Solicitar la prolongación/prórroga de permanencia en el servicio activo del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, a petición de las personas interesadas. Se concederá por períodos de un año renovables.

 

 

Información de Interés

Para la adecuada presentación de la solicitud deberá aportar, junto con el modelo de solicitud genérico (expone-solicita), el formulario propio del trámite, que puede descargar en el apartado “Documentación” > “Modelos e Información para solicitudes".

Para la continuidad en el servicio activo se precisa además de la previa solicitud del interesado, la acreditación de que reúne la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes a su nombramiento, emitido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio Murciano de Salud.  

La prolongación será autorizada en función de las necesidades de la organización articuladas en el marco de los plantes de ordenación de recursos humanos.

El procedimiento se encuentra regulado en la Instrucción de 1 de marzo de 2004, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud (Borm nº 66, de 20 de marzo de 2004).

Destinatarios:

Ciudadanía.

Personal estatutario, fijo o temporal, del Servicio Murciano de Salud

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS (A14005734)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

La solicitud de prolongación debe presentarse con dos meses mínimo de antelación a la fecha de jubilación forzosa o de vencimiento de la prolongación/prórroga concedida.

Deberá aportar para la prolongación de la permanecia en el servicio activo, Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social y/o Informe o Certificado emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que conste fecha en la que alcanza la edad establecida en la normativa de la Seguridad Social para su jubilación forzosa.

Requisitos posteriores

De desearse una nueva renovación, también por un año, esta deberá solicitarse con una antelación mínima de dos meses a la fecha de vencimiento de la prorroga autorizada, debiendo seguirse el mismo procedimiento que para la declaración inicial.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Prolongación/Prórroga de permanencia en servicio activo del personal del Servicio Murciano de Salud
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Debe descargarse este modelo de la pestaña "Documentación", rellenarlo y adjuntarlo a la solicitud electrónica.
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (No obligatorio / No original)
    Informe de Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social (sólo para primera prórroga).
  • Alta Seguridad Social
    (No obligatorio / No original)
    Informe o certificado emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que conste fecha en la que alcanza la edad establecida en la normativa de la Seguridad Social para su jubilación forzosa (sólo para primera prórroga).

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:


Titular de la Dirección General de Recursos Humanos por delegación del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud

Plazo de resolución: 15 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
RECURSO ALZADA: El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso... (Art.122 Ley 39/2015, del 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP).CONTENCIOSO-ADMIISTRATIVO:  El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. (Art. 46 Ley 29/1998, de de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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