Ayudas específicas para Proyectos de Cooperación dentro de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo-LEADER. Las subvenciones se otorgarán a través del procedimiento de concesión directa para la preparación y realización de las actividades de cooperación de los Grupos de Acción Local contempladas en la submedida 19.3 de la Medida 19 LEADER del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022, previsto en el Decreto n.º 30/2022, de 10 de marzo, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de dichas ayudas y en el Decreto 254/2022, de 22 de diciembre, por el que se modifica.
Estas ayudas corresponden a la medida 19, apoyo para el desarrollo local de Leader(DLP desarrollo local participativo). Submedida 19.3 Apoyo para la preparación y realización de las actividades de cooperación de los grupos de acción local para el periodo 2014-2022. Siendo unicamente beneficiarios de la ayuda los Grupos cuya EDLP fue seleccionada por Orden de de 4 de noviembre de 2016, modificada por Orden de 8 de junio de 2017, y Orden de Modificación de las órdenes 4 de noviembre de 2016 y Orden de 8 de junio de 2017.
Serán beneficiarios de esta ayuda los Grupos cuya EDLP fue seleccionada por Orden de 4 de noviembre de 2016, modificada por Orden de 8 de junio de 2017, y Orden de Modificación de 29 de diciembre de 2021, siendo los siguientes: a) Integral, Sociedad para el Desarrollo Rural. NIF: G30480099; b) Asociación para el Desarrollo Comarcal del Nordeste de la Región de Murcia NIF: G30510812; c)Asociación para el Desarrollo Rural Campoder, NIF:G73099178; d)Asociación para el Desarrollo Rural Integrado de los Municipios de la Vega del Segura, NIF: G30519623.
Los plazos de presentación de la solicitud de pago será anualmente antes del
15 de septiembre en la anualidad 2022 y mediante dos solicitudes a presentar antes
del 15 de marzo y 15 de septiembre en las anualidades de 2023, 2024 y 2025.
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)
Podrán obtener la condición de beneficiarios los Grupos de Acción Local que cumplan con los siguientes requisitos:a)Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social tanto en el momento de la solicitud de la ayuda como con caracter previo al pago. La participación en un proyecto de cooperación implica la autorización a la Dirección General de Política Agraria Común para recabar los respectivos certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de la Región de Murcia y de la Tesoreria General de la Seguridad Social. Cuando los Grupos denieguen expresamente el consentimiento para acceder a los datos referidos, deberán aportar los certificados citados; b) No concurrir en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. este requisito se acreditará mediante declaración responsable por parte de los Grupos, firmado por el gerente del mismo con VºBº del presidente; c)Haber firmado el correspondiente convenio de colaboración la Administración General de la CARM, a través de la Consejeria de Agua, Agricultura, Ganaderia, Pesca y Medio Ambiente para la aplicación de una EDLP en el marco del PDR 2014-2022; d)Comprometerse a destinar las dotaciones financieras asignadas exclusivamente a la preparación y realización de las actividades de cooperación; e)Disponer de los medios materiales y humanos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada, tanto técnica como economicamente, las tareas correspondientes; f)Participar a titulo de coordinador o cooperante, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 30/2022, en un proyecto de cooperación; g)Cumplir el resto de condiciones que prevé el Decreto 30/2022.
Con carácter general, son obligaciones de los beneficiarios las establecidas
en los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y n.º 1306/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y en la Ley 7/2005, de 18 de
noviembre, de Subvenciones de Murcia.
En particular, los beneficiarios de la ayuda tendrán las siguientes
obligaciones:
Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actuación que
fundamentó la concesión de la ayuda, de conformidad con la documentación
presentada en la solicitud, en la forma y plazos establecidos.
Dar publicidad específica de las subvenciones y ayudas percibidas en los
términos y condiciones establecidos en la normativa sobre transparencia.
Mantener las inversiones subvencionadas durante un periodo mínimo de
5 años siguientes al pago final a la entidad beneficiaria de conformidad con lo
establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |