Los servicios de esta sede electrónica estarán deshabilitados el domingo 24 de septiembre desde la 1:00 de la madrugada a las 8:00 de la mañana.
Sentimos las molestias ocasionadas.
El 27 septiembre de 8:00 a 9:00 habrá cortes puntuales en los servicios de presentación de solicitudes (área "Realizar un trámite"), generación de acuse de recibo de las notificaciones y obtención de certificaciones electrónicas (área "Carpeta ciudadana") de esta sede electrónica por tareas de mantenimiento.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Presentación de solicitud de baja médica, así como solictud de modificacion de datos relativos a los partes médicos de baja/alta.
1. Posibilitar a los/as asegurados/as la presentación de una solicitud de baja médica en los siguientes casos:
a) Cuando el facultativo del Servicio Murciano de Salud bajo su criterio clínico no emite parte médico de baja. También para la baja médica retroactiva.
b) Cuando se discrepe de la fecha señalada en el parte médico de baja emitido por el facultativo del Servicio Murciano de Salud o de otros datos como el diagnóstico, tipo de proceso...
c) Cuando se ha producido un alta por inspección médica, durante el plazo de los ciento ochenta días siguientes a dicha alta.
2. Posibilitar a los/as asegurados/as y trabajadores/as la presentación de una solicitud en la relación con la computabilidad de procesos de incapacidad temporal (IT):
a) Cuando se discrepe en el señalamiento o no de recaída al emitir el facultativo del Servicio Murciano de Salud el parte médico de baja.
b) Cuando se discrepe en la actuación de oficio por parte de la Inspección Médica sobre computabilidad de procesos de IT.
3. Posiblitar a los /as asegurados/as y trabajadores/as la presentación de una solicitud para modificar la fecha del alta médica señalada por el facultativo del Servicio Murciano de Salud.
Para la interposición de la reclamación previa, el plazo es de treinta días desde la notificación de la resolución a la solicitud, si es expresa, o desde la fecha en que deba entenderse producido el silencio administrativo.
La contestación a la reclamación previa deberá producirse en el plazo de cuarenta y cinco días. En caso de que no se produzca contestación expresa se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)
Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en el Sistema de la Seguridad Social para generar derecho a la prestación por incapacidad temporal.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.
Resolución de la reclamación previa.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Reclamación previa a la vía jurisdiccional social | DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C. |