Educación para la Salud en la Escuela (código 3289) (SIA 2262707)

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Información Básica

Objeto:

Convocar el “Programa de Educación para la Salud en la Escuela” para promover la adquisición y mantenimiento de estilos de vida saludables en la comunidad educativa, fomentando actividades que incorporen en los proyectos educativos actuaciones destinadas a promover la adquisición y mantenimiento de estilos de vida saludables para todos los miembros de la comunidad educativa.

Información de Interés

Objetivos del “Programa de Educación para la Salud en la Escuela”.

  1. Promover la adquisición y mantenimiento de estilos de vida saludables para todos los miembros de la comunidad educativa.
  2. Fomentar en el alumnado la adquisición de capacidades y competencias que le permitan cuidar su cuerpo a nivel físico y mental, así como valorar y tener una actuación crítica ante la publicidad, la información y actitudes sociales que puedan repercutir en su desarrollo físico, social y psicológico.
  3. Promover, en el centro docente, la puesta en marcha de entornos favorables a la salud de la comunidad educativa.
  4. Fomentar el desarrollo integral del alumnado en todos los ámbitos de la vida personal, profesional y social.
  5. Impulsar la transformación de los centros educativos en “Escuelas Promotoras de Salud”.

Destinatarios.

  1. Podrán solicitar la participación en el programa los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial y Educación de Personas Adultas.
  2. Para el curso escolar 2023-2024, los centros adscritos al programa en cursos anteriores (según resolución conjunta por la que se publica la relación de centros seleccionados para el curso escolar 2022-2023Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica) se consideran adscritos al mismo y no es necesario presentar nueva documentación.
  3. Se recomienda a los centros educativos comprobar su situación en relación a la adscripción al programa en la web Educación para la Salud en la EscuelaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, del portal sanitario MurciaSalud, a través del siguiente enlace: 284228-CENTROS_ADSCRITOS__2006-2007_A_CE_2022-2023.pdf (murciasalud.es)Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Presentación de solicitudes y plazo.

  1. Cada centro educativo podrá presentar una única solicitud que será formulada por el director del centro, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo I de esta resolución disponible en la Sede Electrónica de la CARM.
  2. La solicitud la presentará el director del centro a través del trámite en línea habilitado en la Sede Electrónica de la CARM https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=40288&IDTIPO=100&RASTRO=c$m. Para ello, introducirá en el buscador del Registro y Guía de Procedimientos y Servicios el procedimiento de este programa (3289), que será firmado con su certificado digital una vez cumplimentado.
  3. Debe asegurarse que se indica correctamente el correo electrónico para recibir los avisos de las actuaciones y resoluciones-notificaciones que respecto de este procedimiento se pudieran realizar.
  4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.
  5. Los centros adscritos en cursos anteriores que no deseen permanecer en el programa, deberán presentar solicitud de desistimiento mediante la cumplimentación del Anexo II, indicando el motivo de dicha solicitud.

Compromisos de los centros seleccionados.

  1. Puesta en marcha del programa.
  2. Designar, entre los miembros del claustro, un/a coordinador/a del programa. Las funciones del/la coordinador/a del programa serán las establecidas en la Orden de 27 de junio de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2023-2024. Este requisito no será obligatorio para los centros de educación infantil y primaria de menos de 9 unidades.
  3. Facilitar la asistencia del/la coordinador/a del programa a los cursos de formación, planificados a tal fin.
  4. Los centros de nueva adscripción deberán elaborar, a lo largo del curso escolar de adscripción, su Proyecto de Educación para la Salud, para lo que podrán seguir las orientaciones establecidas en el Anexo III. Una vez elaborado, se incluirá en los documentos institucionales (PGA y PEC).
  5. Los centros ya adscritos deberán revisar y actualizar su Proyecto de Educación para la Salud, para lo que podrán seguir las orientaciones establecidas en el Anexo III. Una vez actualizado, se incluirá en los documentos institucionales (PGA y PEC).
  6. Participar en la Red de Experiencias de Educación para la Salud en la Escuela de la Región de MurciaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, para el intercambio de conocimientos y actividades eficaces de promoción y EpS en el escenario escolar y comunitario (ver listado de Centros Educativos participantes aquíAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica).
  7. El Equipo Directivo, para poner en marcha e impulsar el Programa “Educación para la Salud en la Escuela” en su centro, tendrá que colaborar activamente en el mismo y facilitar las medidas necesarias de organización y funcionamiento.
  8. Cumplimentar y enviar la documentación que se solicite desde la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo y la Consejería de Salud. A finalizar el curso escolar (antes del 30 de junio) será necesario cumplimentar el Cuestionario para el seguimiento del Programa de Educación para la salud en la Escuela, proporcionado conjuntamente por las Consejerías responsables del programa.
  9. Los centros realizarán la evaluación del Programa de “Educación para la Salud en la Escuela” antes del 30 de junio y se incluirá en la Memoria Anual del centro. Para su elaboración podrán seguir las orientaciones establecidas en el Anexo IV.

 Designación y funciones del coordinador/a del Programa Educación para la Salud en la Escuela.

  1. El/La director/a designará al/la coordinador/a de educación para la salud entre el profesorado definitivo en el centro, teniendo en cuenta su disponibilidad de horario, formación específica y experiencia.
  2. El/La docente coordinador de Educación para la Salud realizará las funciones previstas en el capítulo IV, artículo 127 de la Orden de 27 junio de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso escolar 2023-2024, para lo cual dispondrá de la dedicación horaria prevista en la misma.
  3. En centros de Educación Secundaria, la dedicación horaria del coordinador de Educación para la Salud será la establecida en el artículo 12 de la Orden de 12 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se establece el procedimiento para la dotación de personal a los centros públicos que imparten Educación Secundaria y Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM Nº 164, de 16 de julio de 2016).

Equipo de Coordinación de Educación para la Salud.

  1. Para el buen funcionamiento del Programa de Educación para la Salud en la Escuela, los centros inscritos constituirán una “Comisión de Salud” que se reunirá periódicamente. Podrán formar parte de esta Comisión de Salud, (según intereses, necesidades y disponibilidad):
    • Equipo directivo del centro.
    • Coordinador/a del programa de educación para la salud en la Escuela.
    • Coordinador/a de Convivencia y de Bienestar y Protección.
    • Coordinadores/as de otros planes y programas que se desarrollen en el centro educativo.
    • Profesorado participante en el programa.
    • Personal no docente.
    • Alumnado.
    • Profesionales del SMS (enfermera/o comunitaria escolar y otros miembros del equipo de atención primaria).
    • AMPA.
    • Otros agentes sociales de interés para el programa.
  2. En los centros que impartan Educación Infantil y Primaria el número de participantes se situará como mínimo en el 25% del Claustro.
  3. En los centros que impartan Educación Secundaria, la Comisión podrá estar formada por profesorado del mismo equipo docente de un curso (mínimo de 6 profesores/as) o por profesorado de distintos cursos.

Destinatarios:

Administración.

Periodicidad:

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  1. Podrán solicitar la participación en el programa los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial y Educación de Personas Adultas.
  2. Para el curso escolar 2023-2024, los centros adscritos al programa en cursos anteriores (según resolución conjunta por la que se publica la relación de centros seleccionados para el curso escolar 2022-2023Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica) se consideran adscritos al mismo y no es necesario presentar nueva documentación.
  3. Se recomienda a los centros educativos comprobar su situación en relación a la adscripción al programa en la web Educación para la Salud en la EscuelaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, del portal sanitario MurciaSalud, a través del siguiente enlace: 284228-CENTROS_ADSCRITOS__2006-2007_A_CE_2022-2023.pdf (murciasalud.es)Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Requisitos posteriores

La participación en el programa implica, por parte de los centros, los siguientes compromisos:

  1. Puesta en marcha del programa.
  2. Designar, entre los miembros del claustro, un/a coordinador/a del programa. Las funciones del/la coordinador/a del programa serán las establecidas en la Orden de 27 de junio de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2023-2024. Este requisito no será obligatorio para los centros de educación infantil y primaria de menos de 9 unidades.
  3. Facilitar la asistencia del/la coordinador/a del programa a los cursos de formación, planificados a tal fin.
  4. Los centros de nueva adscripción deberán elaborar, a lo largo del curso escolar de adscripción, su Proyecto de Educación para la Salud, para lo que podrán seguir las orientaciones establecidas en el Anexo III. Una vez elaborado, se incluirá en los documentos institucionales (PGA y PEC).
  5. Los centros ya adscritos deberán revisar y actualizar su Proyecto de Educación para la Salud, para lo que podrán seguir las orientaciones establecidas en el Anexo III. Una vez actualizado, se incluirá en los documentos institucionales (PGA y PEC).
  6. Participar en la Red de Experiencias de Educación para la Salud en la Escuela de la Región de MurciaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, para el intercambio de conocimientos y actividades eficaces de promoción y EpS en el escenario escolar y comunitario (ver listado de Centros Educativos participantes aquíAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica).
  7. El Equipo Directivo, para poner en marcha e impulsar el Programa “Educación para la Salud en la Escuela” en su centro, tendrá que colaborar activamente en el mismo y facilitar las medidas necesarias de organización y funcionamiento.
  8. Cumplimentar y enviar la documentación que se solicite desde la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo y la Consejería de Salud. A finalizar el curso escolar (antes del 30 de junio) será necesario cumplimentar el Cuestionario para el seguimiento del Programa de Educación para la salud en la Escuela, proporcionado conjuntamente por las Consejerías responsables del programa.
  9. Los centros realizarán la evaluación del Programa de “Educación para la Salud en la Escuela” antes del 30 de junio y se incluirá en la Memoria Anual del centro. Para su elaboración podrán seguir las orientaciones establecidas en el Anexo IV.

Documentos a aportar junto con la solicitud

ANEXO. SOLICITUD

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • ANEXO. SOLICITUD   [Fuera de plazo: 24-11-2023 – 08-12-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO
Información adicional sobre recursos
Recurso de alzada: Código de procedimiento de Recurso de Alzada 1495Enlace directo: https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1495&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia