Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 8:00 y las 08:15 horas del miércoles día 03/07/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Es el procedimiento mediante el cual la Administración puede revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
Actos de gravamen o desfavorables son aquellos que afectan negativamente a la esfera jurídica del particular, denegando una pretensión, restringiendo un derecho, o imponiendo una consecuencia jurídica o patrimonial negativa a aquel. Ejemplo de este tipo de actos son, a modo ilustrativo, las sanciones, las órdenes de ejecución, las prohibiciones de contratar con el sector público, etcétera ...
En otras palabras, en virtud de este procedimiento la Administración puede retirar del mundo jurídico los actos susceptibles de causar perjuicio a los ciudadanos.
La resolución de este procedimiento agotará o no la vía administrativa según quien la dicte. Los actos que ponen fin a la vía administrativa se regulan en el artículo 28 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Se inicia de oficio por la Administración. No se reconoce legitimación a los interesados para iniciar el procedimiento revocatorio.
El ejercicio de la acción revocatoria por parte de la Administración está sujeto a los plazos de prescripción. Por tanto, la Administración solo podrá revocar sus actos de gravamen o desfavorables mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción.
La regulación de este procedimiento se encuentra en el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | Órgano que dictó el acto |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | Codigo Gesper erroneo |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |