Los Premios de Buen Gobierno, Participación Ciudadana, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía de la Región de Murcia permiten reconocer, visibilizar y distinguir públicamente a las instituciones, entidades, órganos o unidades administrativas por el esfuerzo realizado en materia de Buen Gobierno, Participación, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía en la Región de Murcia.
Los destinatarios de los premios son las Administraciones Públicas, sus organismos y entidades, así como sus órganos o unidades administrativas radicados en la Región de Murcia.
El plazo de presentación de solicitudes para participar en la convocatoria (pendiente publicación de la convocatoria)
Características de la memoria a presentar.
1. Quienes deseen concurrir a los premios habrán de presentar una memoria que tendrá la siguiente estructura y contenido mínimo:
2. La extensión máxima de la memoria, así como el formato de la misma vendrá determinada en cada convocatoria.
3. Asimismo, la memoria se podrá acompañar de una defensa virtual no presencial en soporte electrónico, con el formato y duración que se determine en cada convocatoria.
Instituciones, entidades, órganos o unidades administrativas en la Región de Murcia.Administraciones Públicas en la Región de Murcia.
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD, SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA E INSPECCIÓN DE SERVICIOS (A14046272)
BASES REGULADORAS de los Premios de Buen Gobierno, Participación Ciudadana, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía de la Región de Murcia.
Primera.- Destinatarios de los premios.
Podrán ser destinatarios de los premios las siguientes administraciones, organismos y entidades públicas, así como sus órganos, unidades administrativas, o unidades que las compongan:
a) La Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales dependientes de la Administración pública regional.
c) Cualesquiera otras entidades de derecho público con personalidad jurídica vinculadas a la Administración pública regional o dependientes de ella.
d) El Consejo Jurídico de la Región de Murcia y el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia.
e) Las sociedades mercantiles regionales, así como las sociedades mercantiles en cuyo capital la participación, directa o indirecta, del resto de las entidades previstas en este artículo sea superior al 50 por ciento.
f) Las fundaciones del sector público autonómico constituidas, mayoritariamente o en su totalidad, por aportaciones de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, o cuyo patrimonio fundacional con carácter de permanencia esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos cedidos o aportados por ella, así como las fundaciones dependientes del resto de entidades previstas en este artículo en las que se den tales circunstancias.
g) Las corporaciones de derecho público regionales y entidades asimilables, tales como federaciones y clubes deportivos, en lo relativo a sus actividades sujetas al derecho administrativo.
h) El resto de entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que figuren incluidas por el Estado en el Inventario de Entes del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
i) Los Ayuntamientos de la Región de Murcia, así como sus entidades instrumentales dependientes.
j) Las Universidades públicas de la Región de Murcia así como sus entidades instrumentales dependientes.
k) Los consorcios que se encuentren adscritos a la Administración regional o a los Ayuntamientos de la Región de Murcia.
l) La Asamblea Regional.
m) Los órganos de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella que tengan su sede en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
n) Los órganos de la Administración de Justicia que tengan su sede en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Segunda.- Categorías y naturaleza de los premios.
1. Se distinguen tres categorías de premios:
a) Primera categoría: Modernización Administrativa. Destinada a reconocer la implantación de cambios significativos en los procesos de gestión y organización de los servicios públicos.
b) Segunda categoría: Buen Gobierno y Participación Ciudadana. Destinada a reconocer el diseño y ejecución de medidas en materia de buen gobierno y fomento de la participación ciudadana en las instituciones.
c) Tercera categoría: Atención a la Ciudadanía. Destinada a reconocer las iniciativas y proyectos relacionados con la mejora de la calidad de los servicios públicos y de la atención a la ciudadanía a través de los canales existentes, así como cualquier forma de innovación que fomente la excelencia en la prestación de los servicios públicos.
2. En cada categoría, se otorgarán un máximo de tres premios, numerados como 1º, 2º y 3º, y un máximo de dos accésit en el total de las categorías, sin perjuicio de que los premios pudieran ser declarados desiertos en el supuesto de que los proyectos presentados no alcanzaran los mínimos requeridos de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de la base sexta.
3. Los premios tienen carácter honorífico y consistirán en una placa o trofeo y un diploma acreditativo que expedirá quien ostente la titularidad de la consejería con competencias en materia de gobierno abierto, buen gobierno y modernización administrativa, careciendo de contenido económico.
4. Una misma institución, entidad, órgano o unidad administrativa podrá presentar varias candidaturas a las distintas categorías de premios e incluso varias candidaturas a una misma categoría de premios, siempre que presente distintos proyectos, pero un mismo proyecto no podrá ser presentado para concurrir a varias categorías. Si se detectase este último supuesto, no se admitiría ninguna de las candidaturas presentadas.
Tercera.- Derechos y obligaciones de los premiados.
1. Las instituciones, entidades, órganos o unidades administrativas galardonadas podrán hacer constar, en sus publicaciones, material impreso y páginas web, que han obtenido el correspondiente premio, así como anunciarlo en sus instalaciones por tiempo indefinido.
2. Los premiados mantendrán los derechos de propiedad intelectual sobre el proyecto presentado, sin perjuicio de que la Administración regional se reserve el derecho de edición, publicación y difusión de los proyectos. En este sentido, los premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión que la Administración regional estime conveniente efectuar, siempre que no les comporte coste económico.
3. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia podrá utilizar y publicar los proyectos presentados en las páginas web oficiales, exposiciones y publicaciones, en los cuales se hará constar el nombre de las personas autoras del material, así como la institución a la que pertenecen.
4. La obtención de los premios es compatible con la percepción de cualquier otro premio, ayuda o subvención.
Cuarta.- Materias sobre las que pueden versar los proyectos.
1. Los proyectos de la categoría de “Buen Gobierno y Participación Ciudadana”, podrán versar sobre las actuaciones en materia de:
2. Los proyectos de la categoría de “Modernización Administrativa”, podrán versar sobre materias de simplificación administrativa, modernización y calidad de los servicios y, en particular, sobre los siguientes:
3. Los proyectos de la categoría de “Atención a la Ciudadanía”, podrán versar sobre las siguientes materias:
4. Serán excluidos del procedimiento y, por tanto, no serán objeto de valoración, aquellos proyectos que no se refieran a tales materias.
Criterios de valoración.
1. El Jurado valorará las candidaturas presentadas conforme a los siguientes criterios:
a) Creatividad e innovación del proyecto. Se valorará tanto la originalidad e innovación del proyecto, de su diseño y su forma de implementación, con un máximo de 15 puntos.
b) Calidad e impacto del proyecto en la vida de los ciudadanos. Se valorará con un máximo de 15 puntos la extensión de la población beneficiaria de la implantación del proyecto, los beneficios reales obtenidos por los usuarios del servicio, así como el nivel de satisfacción de los usuarios, lo que deberá venir suficientemente justificado con datos concretos, tales como encuestas de opinión, etc.
c) Diseño participativo del proyecto. Se valorarán aquellas iniciativas que hayan efectuado procesos participativos para el diseño del proyecto, recopilando las opiniones del personal de la unidad o de otras unidades y entidades, así como de los actores de la sociedad civil que pudieran resultar afectados por la ejecución del proyecto, con un máximo de 10 puntos.
d) Grado de viabilidad y sostenibilidad del proyecto. Se valorará la adecuación del proyecto a los medios materiales, personales y económicos disponibles, y sus posibilidades de pervivencia en el tiempo, con un máximo de 10 puntos.
e) Seguimiento y evaluación del proyecto. Se valorará el establecimiento de mecanismos de seguimiento y evaluación durante la ejecución del proyecto, que permitan, en su caso, su reajuste en los supuestos de desviaciones respecto de los indicadores preestablecidos, así como la medición de sus resultados, con un máximo de 10 puntos.
f) Factores transversales. Se valorará con un máximo de 10 puntos: el enfoque de accesibilidad; igualdad de oportunidades; educación inclusiva, equitativa y de calidad; la protección del medio ambiente y sostenibilidad; medidas de inclusión de colectivos vulnerables; crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo; garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles.
2. La puntuación máxima a alcanzar tras la suma total de la puntuación obtenida en todos los apartados será de 70 puntos. No se premiará ningún proyecto que no alcance la puntuación de 35, pudiendo, por tanto, quedar los premios declarados desiertos en el supuesto de que los proyectos presentados no alcanzaran los mínimos estimados.
3. En caso de empate, éste se resolverá aplicando los siguientes criterios de desempate: se le dará prioridad al proyecto por el orden de las letras de los apartados, en las que ha sido puntuado, es decir, los proyectos que hubieran obtenido una mayor valoración en el apartado a), b), c), d), e), etc. De persistir el empate, éste se dirimirá mediante sorteo, que tendrá lugar en acto público para el que serán citados todos los candidatos.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición |