Premios de Buen Gobierno, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía de la Región de Murcia (código 3301) (SIA 2263177)

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Información Básica

Objeto:

Los Premios de Buen Gobierno, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía de la Región de Murcia permiten reconocer, visibilizar y distinguir públicamente a las instituciones, entidades, órganos o unidades administrativas por el esfuerzo realizado en materia de Buen Gobierno, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía en la Región de Murcia.

La presente edición va a premiar a aquellas conductas o actividades, no solo de las distintas unidades de la Administración regional, sino de todos los agentes públicos que, día a día, muestran su interés e implicación en estas áreas y que desarrollan proyectos dirigidos a mejorarlas.

Información de Interés

CATEGORÍAS Y NATURALEZA DE LOS PREMIOS

1. Se distinguen tres categorías de premios:

a) Primera categoría: Buen Gobierno. Destinada a reconocer el diseño y ejecución de medidas en materia de buen gobierno y gobernanza pública.

b) Segunda categoría: Modernización Administrativa. Destinada a reconocer la implantación de cambios significativos en los procesos de gestión interna de la organización y la incorporación de tecnologías avanzadas en las aplicaciones de gestión.

c) Tercera categoría: Atención a la Ciudadanía. Destinada a reconocer las iniciativas y proyectos destinados a la mejora de la calidad de los servicios públicos y de la atención a la ciudadanía a través de los canales existentes, así como cualquier forma de innovación que fomente la excelencia en la prestación de los servicios públicos.

2. En cada categoría, se otorgarán un máximo de tres premios, numerados como 1º, 2º y 3º, y un máximo de dos accésits en el total de las categorías, sin perjuicio de que los premios pudieran ser declarados desiertos en el supuesto de que los proyectos presentados no alcanzaran los mínimos requeridos de conformidad con lo previsto en la base octava.

3. Los premios tienen carácter honorífico y consistirán en una placa o trofeo y un diploma acreditativo que expedirá quien ostente la titularidad de la consejería con competencias en materia de inspección y calidad de los servicios, careciendo de contenido económico.

4. Una misma institución, entidad, órgano o unidad administrativa solo podrá obtener un premio por edición. No obstante, podrá presentar varios proyectos a una o a varias categorías de premios, pero un mismo proyecto no podrá ser presentado para concurrir a varias categorías.

5. Solamente pueden optar a obtener el premio, aquellos proyectos que estén ya implantados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

1. El jurado valorará las candidaturas presentadas conforme a los criterios determinados en el apartado siguiente y con la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos, destacando la mayor puntuación para los apartados a y b, por su especial relación con el fin perseguido con estos premios.

2. Los criterios de valoración son los siguientes:

a) Creatividad e innovación del proyecto. Se valorará tanto la originalidad e innovación del proyecto, de su diseño y su forma de implementación, con un máximo de 15 puntos.

b) Calidad e impacto del proyecto en el desarrollo de la actuación administrativa y en la vida de los ciudadanos. Se valorará con un máximo de 15 puntos la extensión de la población beneficiaria de la implantación del proyecto;  la economía y agilidad obtenida en los procedimientos; la reducción de costes y los beneficios reales obtenidos por los usuarios del servicio. Como justificación de ello, deberán aportarse encuestas de satisfacción de usuarios, estadísticas sobre las mejoras producidas, etc...

c) Diseño participativo del proyecto. Se valorarán aquellas iniciativas que hayan efectuado procesos participativos para el diseño del proyecto, recopilando las opiniones del personal de la unidad o de otras unidades y entidades, así como de los actores de la sociedad civil y de la ciudadanía, en su caso, que pudieran resultar afectados por la ejecución del proyecto, con un máximo de 10 puntos.

d) Grado de viabilidad y sostenibilidad del proyecto. Se valorará la adecuación del proyecto a los medios materiales, personales y económicos disponibles, y sus posibilidades de pervivencia en el tiempo, con un máximo de 10 puntos.

e) Seguimiento y evaluación del proyecto. Se valorará el establecimiento de mecanismos de seguimiento y evaluación durante la ejecución del proyecto, que permitan, en su caso, su reajuste en los supuestos de desviaciones respecto de los indicadores preestablecidos, así como la medición de sus resultados, con un máximo de 10 puntos.

f) Factores transversales. Se valorará con un máximo de 10 puntos el enfoque de accesibilidad; igualdad de oportunidades; la protección del medio ambiente y sostenibilidad; medidas de inclusión de colectivos vulnerables; crecimiento económico sostenible.

    Destinatarios:

    Empresas y otras Entidades y Administración.

    Instituciones, entidades, órganos o unidades administrativas en la Región de Murcia.Administraciones Públicas en la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata:

    No

    Periodicidad:

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación:

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 17/07/2025 hasta 15/11/2025

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD, SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA E INSPECCIÓN DE SERVICIOS (A14046272)

    Requisitos

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Podrán ser premiadas las siguientes administraciones, organismos y entidades públicas, así como sus órganos, unidades administrativas, o unidades que las compongan, corporaciones, fundaciones, empresas y entidades públicas:

    a) La Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM).

    b) Los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales dependientes de la Administración pública regional.

    c) Cualesquiera otras entidades de derecho público con personalidad jurídica vinculadas a la Administración pública regional o dependientes de ella.

    d) El Consejo Jurídico de la Región de Murcia y el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia.

    e) Las sociedades mercantiles regionales.

    f) Las fundaciones del sector público autonómico.

    g) Las corporaciones de derecho público regionales y entidades asimilables, tales como colegios profesionales, federaciones y clubes deportivos, en lo relativo a sus actividades sujetas al derecho administrativo.

    h) El resto de las entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que figuren incluidas por el Estado en el Inventario de Entes del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    i) Los Ayuntamientos y demás entidades locales de la Región de Murcia, así como los entes de su sector público institucional.

    j) Las Universidades públicas de la Región de Murcia, así como sus entidades instrumentales dependientes.

    k) Los consorcios que se encuentren adscritos a la Administración regional o a los Ayuntamientos de la Región de Murcia.

    l) La Asamblea Regional.

    m) Los órganos de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella que tengan su sede en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

    n) Los órganos de la Administración de Justicia que tengan su sede en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

    MATERIAS SOBRE LAS QUE PUEDEN VERSAR LOS PROYECTOS

    1. Los proyectos de la categoría de “Buen Gobierno”, podrán versar sobre actuaciones en materia de:

    1. Promoción, fomento y articulación de medidas en materia de buen gobierno y gobernanza pública.
    2. Diseño y ejecución de medidas de fortalecimiento de la ética e integridad pública en las organizaciones y de articulación de marcos y sistemas de integridad institucional.
    3. Impulso y ejecución de sistemas internos de información y de protección de denunciantes.
    4. Desarrollo de proyectos de colaboración con otras administraciones o entidades, públicas o privadas, para la puesta en valor de la gestión pública y la utilización de los recursos públicos de manera responsable y adecuada a los fines institucionales.
    5. Proyectos colaborativos de gestión compartida elaborados con recursos procedentes de distintas administraciones o de diferentes organismos o centros directivos de la CARM.
    6. Diseño y establecimiento de canales, plataformas o sistemas que favorezcan la comunicación o el intercambio de información o de datos entre administraciones o con otras entidades, que favorezcan el cumplimiento de sus políticas.
    7. Establecimiento de mecanismos de rendición de cuentas para informar, justificar y responsabilizarse de los resultados obtenidos de la prestación de sus servicios públicos.
    8. Realización y ejecución de acciones que favorezcan la accesibilidad universal, la igualdad y la inclusión como medida de buenas prácticas en la gobernanza pública.

    2. Los proyectos de la categoría de “Modernización Administrativa”, podrán versar sobre las siguientes materias:

    1.  Fomento de la mejora continua de la gestión pública mediante el impulso, desarrollo y seguimiento de los programas de calidad en los servicios públicos, basados en la búsqueda de la excelencia y el fomento de la innovación.
    2.  Implantación de planes estratégicos; dirección por objetivos; indicadores de gestión; evaluación de resultados; sistemas bidireccionales de comunicación interna u otros de similar naturaleza.
    3. Diseño o implantación de sistemas, herramientas o soluciones de inteligencia artificial, así como de automatización y robotización en las actuaciones y procesos administrativos que avancen en la implantación de la administración electrónica y mejoren la calidad, eficacia y eficiencia de su actividad
    4. Fomento de medidas de interoperabilidad entre administraciones públicas.
    5. Puesta en funcionamiento de programas de simplificación administrativa y reducción de cargas para la ciudadanía y empresas.

    3. Los proyectos de la categoría de “Atención a la Ciudadanía”, podrán versar sobre las siguientes materias:

    a)    Diseño y articulación de medidas de mejora de la atención a la ciudadanía a través de sus diferentes canales de atención.

    1. Puesta en marcha de nuevos canales de atención a la ciudadanía y de nuevas herramientas de comunicación con los ciudadanos que permitan una atención omnicanal.
    2. Ejecución de medidas de análisis de la demanda y de evaluación de la satisfacción de los usuarios de los servicios.
    3. Implementación de medidas de mejora de la accesibilidad universal y usabilidad de los servicios de atención a la ciudadanía.
    4. Evaluación y diseño inclusivo en servicios de atención a la ciudadanía.
    5. Promoción del derecho a comprender, mediante la implementación y fomento de actuaciones en materia de lenguaje claro y lectura fácil.
    6. Diseño y ejecución de programas de difusión, formación y capacitación en el uso de recursos públicos dirigidos a la ciudadanía.
    7. Cualesquiera otras medidas o iniciativas singulares en la atención a la ciudadanía con impacto en la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos.

    4. Serán excluidos del procedimiento y, por tanto, no serán objeto de valoración, aquellos proyectos que no se refieran a tales materias.

    CARACTERÍSTICAS DE LA MEMORIA A PRESENTAR

    1. Quienes deseen concurrir a los premios habrán de presentar una memoria que se ajustará al modelo facilitado en el anexo II y que, en todo caso, tendrá la siguiente estructura y contenido mínimo:

    a) Portada.

    b) Índice.

    c) Descripción del proyecto: Tipo de actuación, metodología de implantación, destinatarios de la misma y beneficios obtenidos con su puesta en marcha.

     d) Cronología del proceso de implantación del proyecto.

    e) Explicación razonada acerca del cumplimiento por el proyecto de los criterios de valoración establecidos en el apartado segundo de la base séptima.

    La memoria no podrá exceder de un total de 30 páginas numeradas (incluida portada, índice, descripción, cronología del proceso de implantación y criterios de valoración del proyecto), en tamaño A4, con interlineado sencillo y letra Arial 12.

    Requisitos posteriores

    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS PREMIADAS

    1. Las instituciones, entidades, órganos o unidades administrativas galardonadas podrán hacer constar, en sus publicaciones, material impreso y páginas web, que han obtenido el correspondiente premio, así como anunciarlo en sus instalaciones por tiempo indefinido.

    2. Las personas premiadas mantendrán los derechos de propiedad intelectual sobre el proyecto presentado, sin perjuicio de que la Administración regional se reserve el derecho de edición, publicación y difusión de los proyectos. En este sentido, los premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión que la Administración regional estime conveniente efectuar, siempre que no les comporte coste económico.

    3. La Administración Pública de la CARM podrá utilizar y publicar los proyectos presentados en las páginas web oficiales, exposiciones y publicaciones, en los cuales se hará constar el nombre de las personas autoras del material, así como la institución a la que pertenecen.

    4. La obtención de los premios es compatible con la percepción de cualquier otro premio, ayuda o subvención por los mismos proyectos.

    PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS Y PUBLICIDAD

    1. Los trabajos premiados pertenecen a sus autores, sin perjuicio de la difusión que, en su caso, realice la Administración regional sobre los mismos en los términos establecidos en esta orden. Se deberá hacer constar la obtención del premio en las publicaciones que se deriven de ellos.

    2. Los trabajos no premiados no serán archivados por el órgano convocante.

    3. Los datos de carácter personal facilitados por las personas participantes en los premios serán incorporados a un fichero gestionado por la consejería con competencias en materia de inspección y calidad de los servicios, entre otras, con la extensión, límites y garantías establecidos en la normativa en materia de protección de datos y a los solos efectos de la gestión de las convocatorias de los premios.

    Documentos a aportar junto con la solicitud

    Solicitud específica Premios Buen Gobierno, Modernización Administrativa y Atención a la Ciudadanía de la Región de Murcia.
    • Memoria descriptiva
      (Obligatorio / Original)
      Memoria descriptiva del proyecto
    • Memoria técnica
      (No obligatorio / Original)
      Defensa virtual del proyecto, que podrá consistir en un vídeo o una presentación PowerPoint o similar, con una duración máxima de 6 minutos.

    Modelos e información para solicitudes

    Dónde y Cómo tramitar

    Solicitar Electrónicamente

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    Otros trámites de este procedimiento

    Tasas a abonar

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución, Recursos y Normativa

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado
    Plazo de resolución: 2 Mes/es
    Efectos del silencio. De oficio: Desestimatorio

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
    Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
    Información adicional sobre recursos
    El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

    Normativa

    © Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
    Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia