Procedimiento disciplinario aplicable a los funcionarios (de carrera e interinos) por la comisión de faltas.
Las faltas muy graves están tipificadas en el artículo 86 del texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto legislativo 1/2001, de 26 de enero.
Las faltas graves y leves están tipificadas en los artículos 7 y 8 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por RD 33/1986.
La sentencia del Tribunal Supremo 1455/2017, de 30 de marzo, dictada en un recurso de casación en interés de la ley, fija la siguiente doctrina legal:
<<La aplicación de los artículos 7 y 8 del Reglamento de Regimen Disciplinario de los Funcionarios Civiles del Estado aprobado por RD 33/1986,
de 10 de enero, para sancionar las faltas disciplinarias graves y leves en que incurran los empleados públicos no resulta contraria al principio de legalidad, sino que tal norma tiene la cobertura legal que resulta de la aplicación integradora de los artículos 94 apartado 3 º, 95 apartados 3 º y 4º, Disposición Derogatoria Única, apartado g ) y Disposición Final Cuarta, apartado 3º de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que mantienen en vigor el citado Reglamento hasta tanto se produzca el desarrollo legislativo en el ámbito de cada Administración Pública>>.
Los destinatarios de este procedimiento son los funcionarios públicos (de carrera e interinos) de la Administración Pública Regional
El procedimiento disciplinario se iniciará siempre de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de los subordinados del presunto infractor o del jefe de la unidad en la que preste servicios el funcionario, o por denuncia.
En el procedimiento quedará establecida la debida separación entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándose a órganos distintos.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.