Ejecución de sentencias (código 3322) (SIA 2263169)

Información Básica

Objeto:

Dar cumplimiento a los mandatos de la Administración de Justicia contenidos en sus sentencias, en el seno del procedimiento general de ejecución que contempla la Ley 29/1998, de de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Información de Interés

El plazo general para ejecutar sentencias es el de dos meses a partir de su comunicación. No obstante, la sentencia puede fijar otro plazo inferior con objeto de evitar causar grave perjuicio o de impedir que el cumplimiento de su fallo devenga ineficaz.

Destinatarios:

Administración.

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Consultar todas las unidades responsablesEste enlace se abrirá en una nueva ventana

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


No existen datos para este epígrafe

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia