
Por tareas de mantenimiento y mejora de Portafirmas, el lunes 17/11/2025 de 15:00 a 18:00 horas, algunos servicios de la CARM pueden no estar disponibles.

Por tareas de mantenimiento y mejora de Cajamar, entre las 23:00 del sábado 15/11/2025 y las 7:00 horas del domingo 16/11/2025, el servicio de Pasarela de Pagos de la CARM puede no estar disponible.

Por cambios en el sistema informático se comunica que, el lunes 17 de noviembre entre las 15:00 y las 20:00 horas, no estará disponible la presentación de solicitudes ni trámites electrónicos para los procedimientos de las siguientes Unidades Gestoras:
- Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Dirección General de Consumo
- Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales
Sentimos las molestias ocasionadas.
- La FINALIDAD de este procedimiento es la siguiente:
- ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE QUIEN ACTÚA “COMO REPRESENTANTE”: Se ha de aportar DOCUMENTACÍÓN que acredite que quien actúa como REPRESENTANTE, ostenta la REPRESENTACIÓN LEGAL de la empresa interesada (Artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
- DOCUMENTACIÓN A APORTAR SEGÚN LOS CASOS:
- TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS - Obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, quedan obligados a relacionarse con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, al entenderse que tienen la suficiente capacidad económica para garantizarse el acceso y la disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. (Disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad
- LIMITACIÓN A LA DURACIÓN de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Disposición adicional primera del Real Decreto-ley 9/2020, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19)
- LIMITACIÓN A LA APLICACIÓN a los expedientes de regulación de empleo.
- OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN para las empresas y entidades afectadas por un ERTE de fuerza mayor derivada del COVID-19. (artículo 1.2 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial):
OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN para las empresas y entidades afectadas por un ERTE de fuerza mayor derivada del COVID-19. (artículo 2.3 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.):
A la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL).
- COMUNICACIÓN DE PASO DE SITUACIÓN DE IMPEDIMENTO A LA DE LIMITACIÓN DE ACTIVIDAD O VICEVERSA EN ERTES POR FUERZA MAYOR COVID-19 [Abierta continua]
OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN para las empresas y entidades afectadas por un ERTE de fuerza mayor derivada del COVID-19. (artículo 2.3 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.):
A la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL).
Si desea mas información relativa a la aplicación de las medidas puede consultar el siguiente enlace : https://transparencia.carm.es/coronavirus
El Número de expediente asignado por la autoridad laboral. Este número de expediente asignado por la autoridad laboral es el NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA de la solicitud presentada en la Sede electrónica de la CARM.
En el supuesto de haber cumplimentado varios registros por problemas de tamaño de los archivos u otras circunstancias, habrá de hacer siempre referencia al nº de registro de la primera solicitud.
- Empresas cuyos trabajadores desarrollan su actividad o que se encuentran adscritos a centros de trabajo ubicados en su totalidad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (artículo 25.1 del Real Decreto 1483/2012). - Empresas cuyos trabajadores desarrollan su actividad o se encuentran adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más Comunidades Autónomas, pero el 85 %, como mínimo, de plantilla de la empresa radica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y existan trabajadores afectados en la misma. (artículo 25.3 del Real Decreto 1483/2012). - Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social o en algunos de los regímenes especiales que protejan la contingencia de desempleo, y que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 266 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO (A14046235)
2. En el caso de que la suspensión de contratos y reducción de jornada se deba a la concurrencia de causas económicas, técnicas, organizativas, o de producción relacionadas con el COVID-19
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN para las empresas y entidades afectadas por un ERTE de fuerza mayor derivada del COVID-19. (artículo 1.2 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial):
COMUNICACIÓN DE PASO DE SITUACIÓN DE IMPEDIMENTO A LA DE LIMITACIÓN DE ACTIVIDAD O VICEVERSA EN ERTES POR FUERZA MAYOR COVID-19 [Abierta continua]
OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN para las empresas y entidades afectadas por un ERTE de fuerza mayor derivada del COVID-19. (artículo 2.3 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.):
A la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL).
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |



