Programa de apoyo a las empresas y autónomos del sector turístico y de la hostelería de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19, Línea de Ayuda ITREM – Turismo Seguro (código 3404) (SIA 2309407)

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Información Básica

Objeto:

Programa de apoyo a las empresas  y autónomos del sector turístico y de la hostelería de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19, Línea de Ayuda ITREM – Turismo Seguro

Información de Interés

  • Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria las pymes, micropymes o autónomos del sector turístico y hostelería, cuya actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región Murcia, que cuenten con una operación financiera formalizada y amparada por el Programa de Ayudas de la Línea de Ayuda ITREM – Turismo Seguro, y que se encuentren inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia y/o, dados de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos y se encuentren dados de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas correspondientes a hostelería.
  • En caso de que los interesados presentasen su solicitud presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud, aquella en la que haya sido realizada la subsanación por medios electrónicos.
    • El solicitante deberá disponer de DNI electrónico, o certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica de usuario, expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” del Ministerio de Economía y Hacienda.
    • El plazo para subsanación de defectos y/o presentación de la documentación requerida, será de diez (10) días hábiles, con indicación de que transcurrido el mismo sin haberse subsanado la falta o aportado los documentos solicitados, se entenderá desistida la solicitud de ayuda.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Autónomos y empresas del sector turístico y la hostelería, con independencia de su tamaño, con domicilio social en España y cuya actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Murcia, que se enfrenten a una falta de liquidez u otros perjuicios significativos a raíz del brote COVID-19, o bien hayan visto afectados sus resultados económicos como consecuencia del estado de alarma decretado a raíz del COVID-19 y que no estuvieran en crisis en fecha 31 de diciembre de 2019.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • 1. No hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones que para ser beneficiario se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 2. No haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 
  • 3. No haber solicitado la declaración de concurso, ni ha sido declarado/a insolvente en cualquier procedimiento, ni se halla declarado/a en concurso, ni está sujeto/a a intervención judicial, ni se encuentra inhabilitado/a conforme a la Ley Concursal. 
  • 4. No haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado/a culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 
  • 5. No estar incurso/a la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 
  • 6. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. 
  • 7. No tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. 
  • 8. Asimismo se compromete a mantener el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los apartados 6 y 7 anteriores, hasta el momento del reconocimiento del derecho con la concesión de la subvención y hasta el pago total de la misma. 
  • 9. No tener residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. 
  • 10. No haber sido sancionado/a mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según lo previsto en la Ley General de Subvenciones o en la Ley General Tributaria. 
  • 11. No está incurso en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 
  • 12. Que la contabilidad de la entidad se lleva conforme a las normas de adaptación del Plan general de contabilidad para las entidades sin fines lucrativos (Real Decreto 776/1998, de 30 de abril) (Sólo para entidades y asociaciones).
  • 13.No tener concedida y/o solicitada ninguna ayuda pública para los mismos gastos subvencionables de la presente ayuda.
  • 14. Tener un centro de trabajo abierto en la Región de Murcia y su sede social está en España.
     

Requisitos posteriores

  • 1. Los beneficiarios cumplirán con las obligaciones establecidas al efecto en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y acreditarán no encontrarse incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo las establecidas en las letras b), y e) del apartado 2 de dicho artículo, como consecuencia de la naturaleza y objetivos de las subvenciones y de los beneficiarios de las mismas.
  • 2. Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a someterse al control del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y demás órganos fiscalizadores que, por la naturaleza y origen de los fondos, tienen competencia en la materia, así como a facilitar cuanta información les sea requerida por los mismos. El control podrá consistir no sólo en la verificación del cumplimiento de los requisitos y obligaciones específicas establecidas en estas Bases y en la respectiva convocatoria, sino también en visitas a la sede de los beneficiarios a los efectos de verificar la ejecución material de los proyectos e incluso al examen de sus registros contables, cuentas o estados financieros, y la documentación que los soporte.
  • 3. Los beneficiarios tienen la obligación de guardar y custodiar la documentación original de la justificación de la subvención, durante, al menos, el plazo de prescripción del derecho de exigencia del reintegro de la subvención.
  • 4. Los beneficiarios tienen la obligación de establecer y mantener una codificación contable adecuada, que permita identificar el cobro de la ayuda y los gastos realizados imputables a la misma, así como las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de financiación.
  • 5. El beneficiario se compromete a colaborar con el Instituto de Turismo de la Región de Murcia para valorar los resultados y el impacto obtenidos como consecuencia de la ejecución del proyecto subvencionado.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Programa de apoyo a las empresas y autónomos del sector turístico y de la hostelería de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19, Línea de Ayuda ITREM – Turismo Seguro
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (No obligatorio / No original)
    - En el caso de autónomos: DNI, pasaporte o NIE del solicitante. Asimismo, documentación que acredite el tipo de actividad desarrollada: cuota de autónomos, o liquidaciones del Impuesto sobre Valor Añadido. - En el caso de sociedades mercantiles: DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal de la empresa solicitante, junto con escritura de apoderamiento. Además, escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones. - Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, mediante cualquier medio válido en Derecho, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Documento de identidad: NIF
    (Obligatorio / No original)
    - En el caso de autónomos: DNI, pasaporte o NIE del solicitante. Asimismo, documentación que acredite el tipo de actividad desarrollada: cuota de autónomos, o liquidaciones del Impuesto sobre Valor Añadido. - En el caso de sociedades mercantiles: DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal de la empresa solicitante, junto con escritura de apoderamiento. Además, escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones. - Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, mediante cualquier medio válido en Derecho, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Datos identificativos del centro
    (No obligatorio / No original)
    Certificado censal de actividad emitido por AEAT (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) en la localidad del Centro de Trabajo en el que se desarrolla la actividad.
  • Descripción de la actuación que se pretende realizar
    (Obligatorio / Original)
    En caso de no haberse producido el gasto: memoria descriptiva en la que se señalen las necesidades de liquidez para la adquisición de elementos de protección y material necesario para adoptar medidas higiénico-sanitarias frente al COVID-19, la realización de reformas en sus establecimientos para cumplir con los protocolos de seguridad para evitar la propagación del virus y demás necesidades de circulante para poder reanudar su actividad tras la suspensión de la misma como consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno de España ante la pandemia (extensión máxima dos páginas).
  • Descripción de las actividades o material
    (Obligatorio / Original)
    En caso de haberse realizado ya el gasto: Facturas o cualquier otro documento acreditativo del gasto por el importe total del préstamo, relación pormenorizada de las mismas, y declaración o memoria de actividades realizadas que acredite el cumplimiento de los objetivos de la ayuda (extensión máxima dos páginas).
  • Contrato
    (Obligatorio / No original)
    Contrato de préstamo y de aval formalizados.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / Original)
    Certificado de cuenta corriente a nombre del solicitante, donde ingresar el importe de la subvención.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    En su caso, declaración responsable de otras ayudas concedidas o solicitadas para los mismos gastos subvencionables, o si dispusiese de ellas Orden o Resolución de concesión.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Programa de apoyo a las empresas y autónomos del sector turístico y de la hostelería de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19, Línea de Ayuda ITREM – Turismo Seguro   [Fuera de plazo: 08-06-2020 – 30-10-2020]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: No tiene

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
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