Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 8:00 horas del Lunes día 17/03/2025, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Ayudas para contribuir a paliar las consecuencias económicas y laborales provocadas por la pandemia del Covid-19, este programa tiene por objeto la reactivación empresarial a través de la innovación, mediante el apoyo a proyectos de carácter tecnológico para recuperar, mantener o incrementar la productividad o competitividad.
El formulario de solicitud de ayuda así como más información relativa a la documentación a aportar, estará disponible en la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia a partir de la publicación de la corresponiente convocatoria.
Se apoyarán los proyectos presentados en alguna de las siguientes modalidades:
Estas actividades deberán llevarse a cabo por la propia empresa, sin perjuicio de la posibilidad de contratar las colaboraciones externas necesarias de otros agentes del ecosistema de innovación empresas, centros de investigación, universidades, centros tecnológicos, etc. para desarrollar su proyecto.
No serán subvencionables las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción o procesos de fabricación, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
No se subvencionarán en ningún caso aquellas actividades de I+D que habitualmente realiza la empresa y que constituyen su actividad productiva o de comercialización, salvo en el caso de empresas que formen parte de un grupo empresarial y que el cliente de dicha actividad I+D sea el propio grupo.
No serán subvencionables, en ningún caso, los proyectos de implantación de tecnologías de la información y las comunicaciones TIC en la empresa solicitante.
la solicitud de subvención se podrá presentar telemáticamente en el Registro Electrónico del Instituto de Fomento de la Región de Murcia desde las 9 horas del 1 de septiembre de 2020 hasta las 24 horas del 21 de septiembre de 2020.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.