Ayudas para el apoyo a la cooperación entre los agentes para el abastecimiento sostenible de biomasa. (código 3456) (SIA 2351009)

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Información Básica

Objeto:

Ayudas para promover cualquier forma de innovación en el ámbito de la selvicultura, así como en la transformación y comercialización de productos forestales, ya sea en la producción de bienes y servicios, en los procesos tecnológicos, en la organización y gestión, en el mercado y la comercialización o en innovación social u otras formas de innovación.

Información de Interés

A la solicitud electronica habra de acompañar en formato PDF los documentos exigidos en la convocatoria.

Primero. Beneficiarios:

Podrá ser beneficiario de las ayudas convocadas en la presente Orden todo Grupo Operativo (GO) inscrito en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia que desarrolle las actividades derivadas de la ejecución de los proyectos de la medida 16.6 del PDR de la Región de Murcia, según lo definido en el artículo 3 de la Orden de bases reguladoras.

Segundo. Objeto:

Se convocan, para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas correspondientes a la medida 16 “Cooperación”, submedida 16.6 “Apoyo para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para el abastecimiento sostenible de biomasa destinada al uso en alimentos, así como en la producción de energía y los procesos industriales”  del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia., (FEADER).  La finalidad de las ayudas es impulsar y fomentar el uso de Biomasa Agroforestal en La Región de Murcia.

Tercero. Bases reguladoras

 

Orden de 4 de Septiembre de 2020 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente por la que se establecen las bases reguladoras de la presente Orden. (BORM nº 209, de 9 de septiembre de 2020)

 

 

Cuarto. Presentación de solicitudes y documentación

 

De acuerdo al Artículo 13 de la Orden de Bases Reguladoras, las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, conforme al modelo oficial que figura en el Anexo II de las Bases Reguladoras mediante presentación telemática, accediendo al registro electrónico único en la Sede Electrónica de la CARM, https://sede.carm.es, para lo cual el representante del grupo operativo deberá disponer de firma electrónica.

Procedimiento nº 3456 del Registro y  Guía de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la CARM.

Quinto. Plazo de Presentación

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la Convocatoria de esta Orden en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

Sexto. Cuantía

 

Las ayudas se otorgarán con cargo a la partida 17.07.00.442.D.78030 proyecto de gasto 47494 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio presupuestario 2021, por una cuantía de 200.000 euros. La concesión de las ayudas queda sometida a la condición suspensiva de existencia, en los presupuestos del año 2021, de crédito adecuado y suficiente para la financiación de las ayudas, así como, al crédito asignado para la Submedida en el PDR 14-20 y sucesivas modificaciones.

 

Séptimo. Plazos de ejecución, justificación y pago.

 

El proyecto subvencionado deberá estar ejecutado en el plazo máximo de 7 meses. Se contará como día de inicio del proyecto, el día siguiente de la notificación resolutoria de concesión.

El pago de la ayuda concedida se efectuará previa justificación del gasto realizado. El plazo máximo para presentar la solicitud de pago y la justificación del gasto, será el 15 de octubre de 2021.

Octavo. Criterios de Selección de Proyectos.

 

Los Criterios de Selección de Proyectos de Innovación y sus respectivas puntuaciones de priorización, son los establecidos en el artículo 12 y en el Anexo I de la Orden de bases reguladoras. El Ámbito de aplicación de las Ayudas y las Condiciones de elegibilidad, tanto de los proyectos como de los solicitantes, son los establecidos por los artículos 5 y 6 de la Orden de bases reguladoras respectivamente.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

De acuerdo con el artículo 6 de la Orden de 4 de septiembre de 2020, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas relativas al apoyo para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para el abastecimiento sostenible de biomasa destinada al uso en alimentos, así como en la producción de energía y los procesos industriales, correspondientes a la medida 16.6 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020, el solicitante y beneficiario ha de ser un grupo operativo, definido en el artículo 3.3 de la misma: Beneficiario: será beneficiario de estas ayudas todo grupo operativo inscrito en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia que desarrolle las actividades derivadas de la ejecución de los proyectos de la medida 16.6 del PDR de la Región de Murcia. El artículo 3.4 define al grupo operativo como asociación inscrita en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia que se constituye como tal para resolver un problema concreto o aprovechar una oportunidad determinada en el marco de los objetivos de la AEI-AGRI, con la finalidad de desarrollar el o los proyectos de innovación necesarios a tal fin. Deben suscribir un acuerdo de colaboración para el proyecto. Los grupos operativos tendrán su ámbito de actuación en la Región de Murcia.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta Orden, se deberá:

a) Formar una agrupación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.3 cuyos miembros realicen conjuntamente el proyecto de cooperación para los objetivos fijados en el artículo 1.

b) Designar un representante de la agrupación, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.

c) Que cada uno de los integrantes de la agrupación forme parte de un Clúster de Biomasa establecido en La Región de Murcia.

2. Todos los miembros de la agrupación tendrán la condición de beneficiarios y han de cumplir los requisitos previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

3. Las empresas que operen en el sector de la producción primaria de productos agrícolas y forestales o el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas y forestales, únicamente podrán ser beneficiarios de estas ayudas si desarrollan sus actividades, además de en los sectores mencionados, en otros sectores y a condición de que establezcan una separación de las actividades llevadas a cabo entre dichos sectores o puedan distinguir claramente entre sus costes, de tal manera que las actividades relativas al sector de la producción primaria de productos agrícolas y/o forestales y al de su transformación y comercialización, en el caso descrito, no se beneficien de las ayudas concedidas.

4. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Se encuentre en situación de crisis, según se define en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

b) Se encuentre en proceso de haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) No estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado.

d) No encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social.

e) Tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento de ejecución.

f) Estar incursas en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) No se acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social,  así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Apoyo para la cooperación entre los Agentes de la Cadena de Suministro de Biomasa
  • Memoria técnica
    (Obligatorio / Original)
    Memoria del Proyecto siguiendo el modelo normalizado del anexo III. El documento se presentará en formato PDF
  • Acuerdo
    (Obligatorio / Original)
    Contenido mínimo del Acuerdo de Colaboración Conforme al Anexo V
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones con las CCAA (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Apoyo para la cooperación entre los Agentes de la Cadena de Suministro de Biomasa   [Fuera de plazo: 22-12-2020 – 22-01-2021]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Información adicional sobre recursos
Contra la Orden de concesión cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación o potestativamente, interponer previamente el recurso potestativo previo ante el Consejero competente.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia