La finalidad del procedimiento es la de conceder autorizaciones de actividades que deben realizarse en montes públicos incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, pero que no impliquen uso privativo, ni uso común especial.
Artículos de las normas reguladoras del procedimiento
-Artículos 15.4 y 15.5 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
-Artículos 92 a 96 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (en montes de la CARM y municipales)
-Artículos 35 a 44 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma (en montes de la CARM)
-Artículos 168 a 181 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero
Un mes desde la notificación de la resolución recurrida.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A MEDIO AMB,MAR MENOR,UNIVER E I |