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Disculpen las molestias.
Adoptar las medidas fitosanitarias en caso de acumulación de restos vegetales, mediante la quema controlada de restos vegetales procedentes de la poda u otras operaciones de cultivo generados en la propia explotación, para evitar la propagación de plagas, reducir su población, mitigar sus efectos, o conseguir su erradicación de los organismos nocivos en una serie de cultivos ,en los que la acumulación prolongada de los mismos en la explotación puede suponer la existencia contrastada de un riesgo ftosanitario grave para las plantaciones colindantes. Al estar prohibida la quema de rastrojos y demás restos vegetales procedentes de la poda, excepto por razones fitosanitarias acreditadas segun lo dispuesto en el presente procedimiento.
La Administración Local- Ayuntamiento competente, a la vista de la Comunicación previa que reciba será quien AUTORICE, en su caso, la quema controlada y cuando dicha quema afecte o pueda afectar a la población del núcleo urbano, determinara las medidas a adoptar por el solicitante con sujeción al cumplimiento de las ordenanzas municipales, y de la legislación que en materia de medio ambiente y salud pública les sea de aplicación.
No existe plazo de presentacion, se tiene que realizar y presentar la documentacion cada vez que el administrado quiera realizar una quema in situ por motivos fitosanitarios.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, INDUSTRIA ALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14035032)
Ante la Adminsitracion Regional
Ser titular o arrendatario de una explotacion agrícola.
Acreditación del riesgo fitosanitario mediante Informe técnico emitido por un asesor en gestión integrada de plagas inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO).
Ante el Ayuntamiento en que se encuentran los restos vegetales
Presentacion de comunicación previa ante el ayuntamiento acompañada del justificante de presentación ante la CARM de la Declaración Responsable, junto con el Informe técnico emitido por un asesor en gestión integrada de plagas.
Determinacion por la administracion local de las medidas en materia de proteccion contra la contaminacion atmosferica y la salud, siempre que dicha quema pueda afectar a la poblacion del nucleo urbano.
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en cada convocatoria. Recuerden que en este supuesto la firma de la solicitud ha de estar manuscrita.
Este procedimiento puede solicitarse por el administrado como un permiso para la autorización de quemas agrícolas.