Cambiar de médico de familia o pediatra en la misma Zona Básica de Salud (Aquella delimitación geográfica que sirve de referencia para la actuación del equipo de atención primaria) donde el ciudadano está adscrito.
Sólo se podrán realizar cambios de médico cuando no implique un cambio en el domicilio que consta en la base de datos de tarjeta sanitaria.
Si el ciudadano requiere cambio de domicilio, deberá solicitar dicho cambio en el portal de Murcia Salud s
ede.carm.es en Procedimientos y trámites- procedimiento 9363 - "Tarjeta sanitaria del Servicio Murciano de Salud o modificación de domicilio y/o teléfono en la base de datos de tarjeta sanitaria de los usuarios del Servicio Murciano de Salud".
Menores de edad:
Se deberá presentar una autorización firmada por ambos progenitores donde conste por escrito el consentimiento expreso de ambos. En caso de imposibilidad de comparecencia de uno de ellos, se admitirá autorización firmada junto con DNI, NIE o pasaporte de ambos progenitores.
Ciudadanos que quieren cambiar de médico de familia o pediatra de atención primaria, dentro de la misma zona básica de salud en la que están asignados.
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN PRIMARIA (A14046572)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.