Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (PREE) (código 3552) (SIA 2413924)

Información Básica

Objeto:

Progama de subvenciones para la rehabilitación energética en edificios existentes, mediante la mejora de la envolvente térmica del edificio y la sustitución de instalaciones por las tecnologías más eficientes y  energías renovables, con la finalidad es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono.

Información de Interés

Las subvenciones tendrán dos modalidades:

- Opción A actuaciones en edificios completos: Tipología 1 a la 4
   Costes elegibles entre 20.000 y 400.000 € (1.200.000 € si el tipo de solicitante son entidades locales o universidades)

- Opción B actuaciones en una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente: Tipologia 2 subtipo 2.4
  Costes elegibles entre 6.000 y 20.000 €

a) Edificios de vivienda unifamiliar;
b) edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
c) edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)

Las subvenciones se podrán aplicar a tres tipos generales de actuaciones:

  • Tipología de actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Tipología de actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
    • Subtipología 2.1 Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
    • Subtipología 2.2 Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
    • Subtipología 2.3 Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
    • Subtipología 2.4 Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las subtipologías 2.1 a 2.3.
    • Sub-tipología 2.5 Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
  • Tipología de actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
  • Tipología de actuación 4. Generación eléctrica con fuentes renovables (sin ser subvencionable puede mejorar la cuantía de las ayudas de las otras tipologías)

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020, siempre que sean elegibles dentro del mismo, y con aportaciones del Estado, en concreto del Fondo Nacional de Eficiencia Energética adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Tramitación telemática

Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  • - Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera, se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
  • - Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - Los trabajadores autónomos, que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.

TRAMITACIÓN SEMIPRESENCIAL

Para la presentación presencial aconsejamos que se utilice el ENLACE modelo "Generación de formulario de solicitud sin certificado digital". En este enlace no necesita disponer de certificado digital y podrá generar el formulario con las mismos cálculos que en la presentación telemática (indicándole las posibles cuantías de ayudas a solicitar según las opciones elegidas). Una vez cumplimentado dicho formulario deberá imprimir el borrador que dispondrá de un código de barras en su parte inferior y presentarlo en una Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera, donde se registrará dicha solicitud digitalizando los documentos necesarios según la convocatoria que debe adjuntar.

SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN

  • Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
  • El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.
  • Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM, Petición de informaciónAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso se podrá ofrecer información particular.

NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

  • Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.

INFORMACIÓN PARTICULAR

  • Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en “Cómo va lo mio”, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquiera de las OCAG o lugares del articulo 38 de la LRJAPPAC. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónicos sin identificación.

CONSULTAS TÉCNICAS

  • Las consultas técnicas y/o sobre los procedimientos podrán solicitarse para su respuesta diferida a través del portal de la CARM, Petición de informaciónAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica, bien mediante cumplimentación del formulario sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso se podrá ofrecer información particular.

REPRESENTACIÓN

En caso de presentación de solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información consultar la información disponible en el procedimiento 9943 Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Los Beneficiarios podrán ser:- Autónomos, PYMES y Grandes empresas.- Ciudadanos particulares.- Comunidades de vecinos.- Propietarios de edificios de forma agrupada- Empresas de servicios energéticos.- Concesionarios o arrendatarios, de edificio con facultad de realizar obras.- Entidades locales.- Entidades del sector público en general.- Comunidad Autónoma con Inversiones directas Los destinatarios personas físicas deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y tener residencia legal en EspañaLos destinatarios personas jurídicas, deberán acreditar que se encuentran legalmente constituidas y registradasLas actuaciones deberán realizarse en edificios existentes de la Comunidad Autónoma Región de Murcia:a) Edificios de vivienda unifamiliar;b) edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;c) edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)Construidos antes de 2007 y no pude suponer ampliación, incremento de la superficie o volumen construido, ni cambio de uso del edificio

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14036704)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  •  El conjunto de las actuaciones deberá posibilitar la mejora de la calificación energética del inmueble que se rehabilite en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de CO2.
  •  Para edificios en los que no aplique la calificación energética se deberá justificar una disminución del consumo de energía final de, al menos, un 20%.
  • Cada actuación, dentro de su Tipologia y cada sistema, deberá conseguir una reducción mínima de un 10% del consumo de energía final.
  • Los edificios deberán ser anteriores a 2007, según datos catastrales del inmueble.
  • No serán subvencionables actuaciones consistentes en ampliación de superficie, volumen o cambios de uso del edificio.

Requisitos posteriores

  • El plazo para la ejecución de las actuaciones será de 18 meses desde la notificación de la concesión
  • La justificación de la ejecución deberá realizarse en el plazo máximo de 3 meses ante la Comunidad Autónoma medianta la aportación de la documentación señalada en el Anexo III del RD 737/2020 por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes,  conforme al modelo y con el formato establecido y que se encontrará en su momento en el apartado "Anexos".
  • En caso de que el importe del gasto subvencionable previsto supere la cuantía de 40.000 € en el supuesto de coste por ejecución de obra o de 15.000 € en el supuesto de suministro de bienes o prestación de servicios, deberá presentar, junto con el resto de documentación justificativa de la realización del proyecto, documentos justificativos de que se han solicitado como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que, por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, en cuyo caso se presentará declaración al respecto, firmada electrónicamente por representante legal de la empresa solicitante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos a aportar junto con la solicitud

PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES (PREE)
  • Proyecto o memoria, según proceda, suscrito por técnico competente
    (Obligatorio / Original)
    Proyecto/memoria técnica justificación actuación, cumplimiento de la normativa de las instalaciones técnicas y del DB_HE
  • Presupuesto de gastos del proyecto
    (Obligatorio / No original)
    De la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado, de fecha posterior a la entrada en vigor del Programa.
  • Presupuesto
    (No obligatorio / No original)
    Con carácter previo a contratar : Mínimo tres ofertas de diferentes personas o entidades proveeedoras cuando el importe del gasto subvencionable previsto supere los 40.000 € en ejecución de obra o 15.000 € en adquisición o suministro de bienes y servicios
  • Escrituras o documentos del Registro de la propiedad
    (Obligatorio / No original)
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de la Comunidad Autónoma de criterio Social , para solicitar las ayudas adicionales
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / Original)
    Se puede obtener y descargar en la Sede Electrónica -Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (código 9943) (SIA 207752)
  • Documento de identidad: NIF
    (No obligatorio / No original)
    Por cada persona física titular que participe de la propiedad del edificio ( propietario individual, miembro de la Comunidad de Vecinos, o persona física de la Agrupación de Propietarios sin división horizontal)
  • Certificación de alta en el Régimen de Seguridad Social que corresponda.
    (No obligatorio / No original)
    Para trabajadores Autónomos
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica
    (No obligatorio / No original)
    NIF/CIF Comunidad de Propietarios del edificio o de la Agrupación de Personas Jurídicas propietarias en conjunto, del edificio objeto de actuación, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificado del acuerdo de la comunidad de vecinos o en su caso junta de propietarios del inmueble, emitido y firmado por el secretario o administrador de la comunidad con el visto bueno del Presidente aprobando las obras, presupuesto, la solicitud de la ayuda y facultando al Presidente para la realización de las gestiones de tramitación.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado, emitido y firmado por el secretario o administrador de la comunidad de vecinos o agrupación de propietarios, con el visto bueno del Presidente, del acuerdo de la junta de propietarios del inmueble donde se apruebe la designación del Presidente, del Administrador y/o secretario de la comunidad de propietarios
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado, emitido y firmado por el secretario o administrador de la comunidad de propietarios con el visto bueno del Presidente, que incluya relación de personas comuneras, con indicación de sus correspondientes cuotas de participación y el número total de viviendas que integran el edificio
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (No obligatorio / No original)
    Copia del documento de identificación fiscal de cada una de las personas jurídicas propietarias solicitantes (NIF)
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (No obligatorio / No original)
    Empresa de Servicios Energéticos
  • Escritura o estatutos inscritos en el Registro correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    Empresas de Servicios Energéticos
  • Declaración responsable acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    De la Empresa de Servicios Energéticos, con el compromiso de actuación como tal, indicando los contenidos contractuales que se pretende aplicar a los usuarios
  • Certificación de alta/baja en IAE.
    (No obligatorio / No original)
    Copia Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad económica como Empresa de Servicios Energéticos, así como copia del justificante de pago del último recibo.
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Consulta descriptiva y gráfica de DATOS CATASTRALES del inmueble en el que se van a llevar a cabo las actuaciones que acredite, el uso vivienda u otros usos a los efectos de determinar la cuantía de la ayuda en función del uso y su año de construcción, que debe ser anterior a 2007
  • Certificado de eficiencia energética del edificio.
    (No obligatorio / No original)
    Del edificio en su ESTADO ACTUAL, con el contenido que establece el artículo 6 del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, firmado por técnico competente y registrado en el Registro del órgano competente de la comunidad autónoma.
  • Certificado de eficiencia energética del edificio.
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de eficiencia energética del edificio en fase proyecto demostrando que el proyecto que solicita ayuda permite dar un salto en, al menos, (1) una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), o en caso de edificios de otros usos sin procedimiento en el RD 235/2013 el ahorro de energía final mayor o igual al 20%. El certificado estará firmado por un técnico competente, no siendo necesario que este certificado de eficiencia energética esté registrado en el registro del órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    Declaración de otras ayudas para el mismo proyecto
  • Contrato
    (No obligatorio / No original)
    Contrato de arrendamiento, de explotación, etc. -en el caso de que el solicitante de la actuación no sea el propietario- que acredite la facultad expresa para poder ejecutar las obras correspondientes a la actuación objeto de ayuda
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / No original)
    DITE - para cada Cerramiento que no figura en la BD CTE
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / No original)
    Marcado CE o ficha técnica de la carpintería y de los vidrios
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / No original)
    Captadores solares térmicos certificados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / No original)
    Bombas de Calor Geotérmicas- Ficha Técnica, Certificado EURVENT, o Informe firmado Técnico Competente del Rendimiento Medio Estacional
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / No original)
    Calderas Biomasa - Acreditación del fabricante cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones
  • Ficha técnica
    (No obligatorio / No original)
    Sistemas Aerotermia e Hidrotermia - marcado CE o Ficha técnica o etiqueta energética o Certificado EUROVENT
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES (PREE)   [Fuera de plazo: 30-06-2021 – 31-07-2021]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS
Información adicional sobre recursos
1º.- El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o directamente ante el competente para resolverlo.2º.- El plazo para la interposición del recurso será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer el recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, se produzcan los efectos del silencio administrativo.3º.- En el enlace https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1495&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288, encontrará información sobre el funcionamiento del recurso potestativo de alzada en la Administración Regional

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia