Autorización de fondeo de embarcaciones recreativas en reservas marinas de interés pesquero (código 3562) (SIA 3029440)

Información Básica

Objeto:

Solicitud de autorización para fondear en una boya en las reservas marinas de interés pesquero de la Región de Murcia. 

Información de Interés

Al objeto de proteger las praderas de Posidonia oceanica y los fondos rocosos de la Franja Litoral Sumergida de la Región de Murcia, y en particular aquellas que forman parte de habitats de especial interés y protección de las Reservas Marinas de Inetres Pesquero de la Comunidad Autonoma de la Región de Murcia, se ha habilitado el presente procedimiento para tramitar y otorgar autorizaciones de fondeo a embarcaciones recreativas en reservas marinas de interés pesquero.

Para ello la Comunidad Autonoma de la Región de Murcia ha instalado una serie de fondeos en lugares de especial atractivo para el fondeo de embaraciones de recreo donde habitualmente hay una concentración de embarcaciones fondeadas, sobre todo en el periodo estival, convirtiendose en zonas de fondeo incontrolado que ejerce un impacto notable en las praderas de Posidonia y otros hábitats de especial interés dada la elevada presión que ejercen, sobre todo en el periodo estival. Estas zonas requieren una regulación que evite el fondeo incontrolado en cumplimiento de la normativa ambiental de aplicación en los espacios marinos protegidos. Con estos fondeos se pretende:

  • Evitar afección a los hábitats (pérdida de superficie y disminución del estado de conservación);
  • Evitar molestias a las especies y disminución o pérdida de poblaciones y afección a sus hábitats;
  • Reducir el las afecciones a las ecosistema marino y sus comunidades;
  • Favorecer la adecuada ordenación del uso público en el espacio natural.

Cooresponde a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, a través del Servicio de Pesca y Acuicultura autorizar y gestionar los fondeos instalados en tanto en cuento se encuentren incluidos en el ámbito de las Reservas Marinas de Interés Pesquero, y a la Dirección General del Medio Natural la autorización y gestión de aquellas zonas de fondeo sobre lechos de Posidonia oceanica que se encuentren fuera del ámbito de las Reservas Marinas de Interés Pesquero.

La Comunidad Autonoma de la Región de Murcia ha habilitado una aplicación o sistema informático con el objetivo de que el proceso de solicitud y la reserva de puntos de fondeo sea ágil y rápida. Su denomincación es FONDEO y se accede a través de la siguiente dirección o URL alojada en la sede electrónica de la CARM: 

https://sede.carm.es/jAD/FONDEO/inicio.xhtml

Destinatarios:

Ciudadanía.

Autorizaciones particulares a embarcaciones recreativas inscritas en la Lista 6ª y 7ª que deseen fondear en aguas interiores de la Zona de Usos Regulados y Zona de Usos Restringidos de la RMIP de Cabo de Palos - Islas Hormigas

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

El procedimiento es permanente

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Consultar todas las unidades responsablesEste enlace se abrirá en una nueva ventana

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Embarcaciones recreativas inscritas en las Listas de Registro 6ª y 7ª

Tramitación de la autorización a través del sistema infórmatico de la CARM FONDEO. Dirección eletrónica de la aplicación: https://sede.carm.es/jAD/FONDEO/inicio.xhtml

En el Registro deberá incluir los siguientes Datos de identifcación del solicitante: NIF y nombre y apellidos solicitante, Matrícula del barco; Nombre del barco; Eslora (en metros); tipo de barco (velero o motor).

En relación con el punto de fondeo: Boya de fondeo; fecha reserva e intervalo horario de la reserva.

Requisitos posteriores

Durante el ejercicio de la actividad, podrá ser requerida la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos para amarrarse a la boya de fondeo al patrón de la embarcación.

Se estará a lo dispuesto en la legislación reguladora del uso de las Reservas Marinas de Interes Pesquero

Se estará en todo momento a lo previsto en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación MarítimaReal Decreto 186/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de autorización de fondeo de embarcaciones recreativas en reservas marinas de interés pesquero
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Solicitud de autorización de fondeo de embarcaciones recreativas en reservas marinas de interés pesquero según el modelo establecido

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Actividad no sujeta a tasa en la actualidad. Se valorara incluir una tasa más adelante

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