La marca se crea con la finalidad de promover la imagen de la Región de Murcia como promotora de festivales de música en vivo potenciando así el turismo, el consumo cultural y la actividad socioeconómica en su conjunto.
A estos efectos se considera festival de música en vivo aquel que cumpla con los siguientes parámetros:
La marca se crea con la finalidad de promover la imagen de la Región de Murcia como promotora de festivales de música en vivo potenciando así el turismo, el consumo cultural y la actividad socioeconómica en su conjunto.
A estos efectos se considera festival de música en vivo aquel que cumpla con los siguientes parámetros:
La marca actualmente opera respecto de los siguientes productos y servicios: 16, 35, 38 y 41.
16 papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta.
35 publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; alquiler de espacios publicitarios, difusión de anuncios publicitarios, gestión profesional de negocios artísticos, dirección profesional de negocios artísticos, organización de eventos, exhibiciones, ferias y espectáculos con fines comerciales, promocionales y publicitarios.
38 telecomunicaciones; difusión de programas radiofónicos o de televisión; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales.
41 educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de edición de discos compactos y libros; organización y dirección de congresos, conferencias, exposiciones con fines culturales o educativos, festivales y conciertos; servicios de artistas de espectáculos musicales; servicios de reserva de entradas para eventos de entretenimiento; organización y producción de espectáculos; producción de grabaciones sonoras y de imagen en soportes de sonido e imagen.
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)
Asimismo los festivales autorizados al uso de la marca “FESTIVALES REGIÓN DE MURCIA” se clasificarán en:
1. Festivales de gran formato
Serán festivales de gran formato, aquellos que cumplan necesariamente con los dos requisitos siguientes:
a) El número total de asistentes al festival sea superior a 40.000, distribuidos entre todos los días de la celebración del evento;
b) y, además, acrediten una inversión superior a los 2.500.000 €, que deberá justificarse, entre gastos de contratación de artistas, y gastos de producción, en los términos establecidos en la directriz quinta.
2. Festivales de formato medio
Serán festivales de formato mediano, aquellos que reúnan, a la vez, los siguientes requisitos:
a) Tengan un número total de asistentes entre 15.000 y 40.000, distribuidos entre todos los días de la celebración del evento;
b) y, además, acrediten una inversión superior a 500.000 € e inferior o igual a 2.5000.000 €, que deberá justificarse, entre gastos de contratación de artistas, y gastos de producción, en los términos establecidos en la directriz quinta.
3. Festivales de pequeño formato
Serán festivales de formato pequeño, aquellos en los que concurran los dos requisitos establecidos a continuación:
a) El número total de asistentes sea inferior a los 15.000, distribuidos entre todos los días de la celebración del evento;
b) y, además, acrediten una inversión superior a 50.000 € e inferior o igual a 500.000 €, que deberá justificarse, entre gastos de contratación de artistas, y gastos de producción, en los términos establecidos en la directriz quinta.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES |