Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para la modernización de los alojamientos turísticos y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU. (código 3631) (SIA 2415047)

Información Básica

Objeto:

El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y su correspondiente convocatoria, determinando las condiciones esenciales para el otorgamiento de subvenciones destinadas a la modernización de los alojamientos turísticos regionales y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital, dando así  cumplimiento a lo previsto en la Actuación de Cohesión entre Destinos (ACD) “Plan de Revitalización y Sostenibilidad de los Alojamientos Turísticos de la Región de Murcia”, integrado en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino de la Región de Murcia-Programa extraordinario 2022, que se enmarca en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos y contribuyendo, por tanto, a alcanzar los objetivos relacionados con el Componente 14 Inversión 1, Submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), al que pertenece. 

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Alojamientos turísticos reglados de la Región de Murcia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Cumplir con los requisitos necesarios para que el solicitante sea considerado como persona beneficiaria a fecha de publicación de la Orden (base reguladora quinta de la Orden). 

2. Cumplir con las obligaciones generales del artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 11 de la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 

3. Cumplir con las obligaciones específicas que se enumeran en la base reguladora sexta de la Orden. 

4. Cumplimentar la solicitud, declaraciones responsables y el resto de documentación que se detalla en la convocatoria, únicamente a través de éste procedimiento en la Sede Electrónica de la CARM y con los modelos que en este procedimiento se adjuntan. 

5. Presentar la solicitud y la documentación correspondiente en los plazos previstos en la Orden. 

Requisitos posteriores

  • Realizar las actuaciones objeto de la subvención. Solo se podrán realizar las actuaciones que, de forma taxativa, vienen recogidas en el Anexo III de la Orden, de la forma y con los límites que se recogen en las bases reguladoras de la Orden. No se considerará subvencionable ninguna otra actuación que no se encuentre recogida en dicho Anexo III de la Orden, salvo las excepciones que se recogen en la base reguladora octava de la Orden. 

  • Ejecutar las actuaciones en los plazos determinados en la Orden. El plazo de finalización de todas las actuaciones será el que se fije en el punto décimo del Anexo II de la Orden. 

  • Cumplir con los requisitos de publicidad asociados a la realización de las actuaciones objeto de la subvención de la forma que se detalla en la Orden. 

  • Justificar la realización de las actuaciones en los términos y plazos previstos en las bases reguladoras (Anexo I) y en la convocatoria (Anexo II) de la Orden. 

  • Mantener el tráfico turístico durante un mínimo de 5 años a contar desde la finalización de las actuaciones objeto de la subvención. 

Documentos a aportar junto con la solicitud

Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para la modernización de los alojamientos turísticos y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, documento acreditativo de identidad NIF o NIE
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas, según lo establecido en el artículo 5 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas, escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil, documento privado de constitución y, en su caso, de inscripción en algún registro público.
  • Escritura
    (No obligatorio / No original)
    Para empresa, escritura de modificación de estatutos, representación y otras escrituras públicas.
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos, el certificado debe tener una expedición inferior a 7 días desde la fecha de presentación.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, declaración de IRPF o IS, según el caso, de los ejercicios 2019 y 2020. o, en su defecto, certificado/s de la AEAT con la información sobre la totalidad de los ingresos íntegros fiscalmente computables procedentes de su actividad económica alojativa incluidos en su declaración del IRPF o IS.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, certificado de la AEAT acreditativo de la aplicación del régimen de estimación objetiva en el IRPF
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, certificado de la AEAT acreditativo de la caída de la actividad alojativa concreta, en términos absolutos y en tanto por ciento atendiendo a la residencia de sus trabajadores.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, cuenta bancaria donde conste como titular de la cuenta el beneficiario o su representante
  • Certificación de alta/baja en IAE.
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, certificado censal de actividad emitido por la AEAT. Dicho certificado tiene que tener una antigüedad máxima de 7 días naturales a la fecha de presentación de la solicitud

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA

Otras disposiciones y actos administrativos

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