El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y su correspondiente convocatoria, determinando las condiciones esenciales para el otorgamiento de subvenciones destinadas a la modernización de los alojamientos turísticos regionales y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital, dando así cumplimiento a lo previsto en la Actuación de Cohesión entre Destinos (ACD) “Plan de Revitalización y Sostenibilidad de los Alojamientos Turísticos de la Región de Murcia”, integrado en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino de la Región de Murcia-Programa extraordinario 2022, que se enmarca en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos y contribuyendo, por tanto, a alcanzar los objetivos relacionados con el Componente 14 Inversión 1, Submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), al que pertenece.
Alojamientos turísticos reglados de la Región de Murcia
INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)
Ejercer legalmente la actividad, con inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia o hubiesen presentado ante el ITREM una declaración responsable completa para la obtención de la clasificación turística.
• Apartamentos turísticos y casas rurales, deberán estar inscritos en el Registro con fecha anterior a 01/01/2022 y acreditar una frecuencia mínima de los servicios de hospedaje: 15 o más contrataciones dentro de cada uno de los 2 últimos años naturales anteriores.
• Mantener la inscripción de los alojamientos en el Registro y en el tráfico turístico durante un mínimo de 5 años, a contar desde el 1 de febrero de 2026.
• Presentar la solicitud, las declaraciones responsables y el resto de documentación exigible únicamente a través del procedimiento 3631 de la Sede Electrónica de la CARM.
• Comunicar otras subvenciones o ayudas sujetas a minimis.
• Estar al corriente de las obligaciones económicas o tributarias.
• Someterse a cualquier actuación de comprobación, seguimiento y control.
• Justificar la realización de las actuaciones en los términos establecidos en la Orden.
• Cumplir las obligaciones del PRTR (DNSH, ausencia conflicto de interés, comunicación, etc.).
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este trámite sirve exclusivamente para la presentación de subsanación del FORMULARIO DE SOLICITUD de las ayudas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR |