Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para la modernización de los alojamientos turísticos y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU. (código 3631) (SIA 2415047)

Información Básica

Objeto:

El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y su correspondiente convocatoria, determinando las condiciones esenciales para el otorgamiento de subvenciones destinadas a la modernización de los alojamientos turísticos regionales y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital, dando así  cumplimiento a lo previsto en la Actuación de Cohesión entre Destinos (ACD) “Plan de Revitalización y Sostenibilidad de los Alojamientos Turísticos de la Región de Murcia”, integrado en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino de la Región de Murcia-Programa extraordinario 2022, que se enmarca en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos y contribuyendo, por tanto, a alcanzar los objetivos relacionados con el Componente 14 Inversión 1, Submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), al que pertenece. 

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Alojamientos turísticos reglados de la Región de Murcia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Ejercer legalmente la actividad, con inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia o hubiesen presentado ante el ITREM una declaración responsable completa para la obtención de la clasificación turística.

• Apartamentos turísticos y casas rurales, deberán estar inscritos en el Registro con fecha anterior a 01/01/2022 y acreditar una frecuencia mínima de los servicios de hospedaje: 15 o más contrataciones dentro de cada uno de los 2 últimos años naturales anteriores.

• Mantener la inscripción de los alojamientos en el Registro y en el tráfico turístico durante un mínimo de 5 años, a contar desde el 1 de febrero de 2026.

• Presentar la solicitud, las declaraciones responsables y el resto de documentación exigible únicamente a través del procedimiento 3631 de la Sede Electrónica de la CARM.

• Comunicar otras subvenciones o ayudas sujetas a minimis.

• Estar al corriente de las obligaciones económicas o tributarias.

• Someterse a cualquier actuación de comprobación, seguimiento y control.

• Justificar la realización de las actuaciones en los términos establecidos en la Orden.

• Cumplir las obligaciones del PRTR (DNSH, ausencia conflicto de interés, comunicación, etc.).

Documentos a aportar junto con la solicitud

Subvención en régimen de concurrencia no competitiva para la modernización de los alojamientos turísticos y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, documento acreditativo de identidad NIF o NIE
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas, según lo establecido en el artículo 5 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas, escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil, documento privado de constitución y, en su caso, de inscripción en algún registro público.
  • Escritura
    (No obligatorio / No original)
    Para empresa, escritura de modificación de estatutos, representación y otras escrituras públicas.
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos, el certificado debe tener una expedición inferior a 7 días desde la fecha de presentación.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, declaración de IRPF o IS, según el caso, de los ejercicios 2019 y 2020. o, en su defecto, certificado/s de la AEAT con la información sobre la totalidad de los ingresos íntegros fiscalmente computables procedentes de su actividad económica alojativa incluidos en su declaración del IRPF o IS.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, certificado de la AEAT acreditativo de la aplicación del régimen de estimación objetiva en el IRPF
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, certificado de la AEAT acreditativo de la caída de la actividad alojativa concreta, en términos absolutos y en tanto por ciento atendiendo a la residencia de sus trabajadores.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, cuenta bancaria donde conste como titular de la cuenta el beneficiario o su representante
  • Certificación de alta/baja en IAE.
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y empresas, certificado censal de actividad emitido por la AEAT. Dicho certificado tiene que tener una antigüedad máxima de 7 días naturales a la fecha de presentación de la solicitud

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Caducidad

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR

Normativa

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