Aviso

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 8:00 y las 08:15 horas del martes día 21/05/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.

Disculpen las molestias.

Ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. (código 3632) (SIA 2510530)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

La presente ayuda surge con el objetivo de ayudar a reactivar el sector turístico, tan castigado con las consecuencias de la pandemia, los elevados costes energéticos, y la subida de precios, asumiendo el compromiso por parte de las empresas y guías interesados en llevar a cabo una actividad consistente en visitas guiadas gratuitas a los turistas en la Región de Murcia, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 2.1.b) de la Ley General de Subvenciones.

Información de Interés

La subvención a conceder por el Instituto de Turismo consistirá en una única prestación económica por las cada visitas guiadas en la Región de Murcia que realice el beneficiario. La cuantía de la subvención asciende a la cuantía de ciento catorce euros (114,00 €), IVA excluido, por cada visita realizada. El IVA no será subvencionado por ser susceptible de recuperación por parte del beneficiario de la ayuda.

Para poder ser objeto de ayuda, las visitas deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollarse en el territorio de la Región de Murcia.

b) Realizarse con grupos de turistas compuestos por un mínimo de dos (2) y un máximo de veintinueve (29) personas.

c) La duración de la visita debe ser de dos (2) horas como mínimo.

Cada persona física o jurídica podrá presentar únicamente una solicitud, con un límite máximo de 3.000 euros por guía de turismo que lleve a cabo las visitas guiadas.

En el caso de que un guía de turismo sea socio o trabajador por cuenta ajena de una empresa con actividad de guía de turismo, o trabajador por cuenta ajena de otro guía de turismo que sea autónomo, no podrá solicitar la ayuda directamente como trabajador autónomo.

En el caso de autónomos o empresas con actividad turística que tengan contratados o vayan a contratar laboralmente a guías de turismo para llevar a cabo las visitas guiadas, deberán identificar con nombre, apellidos y número de documentación de identidad a los guías de turismo con los que las vayan a realizar.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística dadas de alta en el registro de empresas turísticas en la Región de Murcia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 28/12/2023 hasta 31/12/2024

Las solicitudes de subvenciones deberán presentarse en el plazo previsto en la convocatoria.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Estar inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia como guías de turismo o como empresas de guías de turismo que tengan contratado personal por cuenta ajena que igualmente deberá estar inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística para la reactivación de su actividad tras las limitaciones sanitarias impuestas como consecuencia del COVID-19.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Tanto para personas físicas como empresas, documento acreditativo de identidad NIF o NIE
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    tanto para personas físicas como para empresas
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas
  • Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas
  • Escritura
    (No obligatorio / No original)
    Para empresas, escritura de modificación, representación y otras.
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (No obligatorio / No original)
    Para autónomos y para empresa, informe de la Seguridad Social con la plantilla media de trabajadores durante el período comprendido entre 15/03/19 a 14/03/20
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Para personas físicas y para empresas, otros documentos que quiera aportar a la solicitud
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    Documento de obligado cumplimiento, se tiene que presentar debidamente cumplimentado y firmado electrónicamente el formulario de solicitud de ayuda por la persona física o el representante legal de la empresa.
  • Cuentas Bancarias (*)
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

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Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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