Legalización de libros de Fundaciones (código 3635) (SIA 2512215)

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Información Básica

Objeto:

Legalización de los libros de actas, libro diario, libro de cuentas anuales, libro de planes de actuación en el Registro de Fundaciones, que deberán presentarse en formato pdf. Todos los libros se presentarán en soporte electrónico de forma telemática.

Información de Interés

En la solicitud de legalización de los libros obligatorios constarán necesariamente los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos del solicitante, denominación de la fundación, datos de identificación registral y domicilio. Si se tratara de personas físicas que carezcan de la nacionalidad española, deberá constar, además de los datos señalados, la nacionalidad y el Número de Identidad de Extranjero o, en su defecto, del pasaporte.

b) Relación de libros cuya legalización se solicita, con expresión de si se encuentran en blanco o si han sido formados mediante la encuadernación de hojas ya anotadas, así como el número de hojas de que se compone cada libro.

c) Fecha de apertura y, en su caso, de cierre de los últimos libros legalizados de la misma clase de aquellos cuya legalización se solicita.

Obligatorio la aportación de una dirección de correo electrónico y teléfono de contacto.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Las fundaciones están obligadas a legalizar en cada ejercicio el Libro diario, el Libro de actas y el Libro de planes de actuación y de cuentas anuales de las fundaciones del ejercicio precedente. Será necesario que en cada uno de dichos libros conste la fecha de apertura y el cierre del ejercicio. Deberán presentarse en formato pdf.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Los libros deberán ser presentados para su legalización antes de que transcurran los 4 meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio, en formato pdf. y en soporte electrónico de forma telemática.

Si se solicita la legalización fuera de plazo, el Registro de Fundaciones lo hará constar así en la diligencia del libro, y en el asiento correspondiente de la hoja de legalizaciones.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA, PORTAVOCÍA Y ACCIÓN EXTERIOR (A14036698)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

Legalización de libros de Fundaciones
  • Libro de actas
    (Obligatorio / No original)
  • Libro diario
    (Obligatorio / No original)
  • Libro de planes de actuación
    (Obligatorio / No original)
  • Libro de cuentas anuales
    (Obligatorio / No original)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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