Subvenciones dirigidas a Empresas Innovadoras con Potencial Tecnológico y Escalables con el fin de que aporten valor añadido al tejido productivo regional.
Los proyectos financiados al amparo de esta línea de ayudas estarán enmarcados en alguno de los ámbitos de especialización comprendidos en la RIS3Mur. Asimismo, la correspondiente convocatoria podrá establecer determinadas prioridades dentro de uno o varios de dichos ámbitos. Dichas prioridades serán definidas, en las correspondientes convocatorias.
El programa permite dar cobertura a las necesidades de funcionamiento y desarrollo de estas empresas hasta su consolidación.
Los interesados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación por medios electrónicos de solicitudes y documentación complementaria en los términos previstos en la Resolución del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de 30 de enero de 2007, publicada en el BORM, número 36 de 13 de febrero de 2007, conforme al modelo que encontrará en la dirección de Internet: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto
El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)
Podrán acogerse a estas ayudas las empresas, en forma societaria, que cumplan los siguientes requisitos:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.