Programa de mantenimiento de la actividad comercial y otras actividades no esenciales para paliar los efectos de la pandemia COVID-19 (código 3660) (SIA 2445039)

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Información Básica

Objeto:

Subvenciones dirigidas a apoyar a las empresas dedicadas a actividades no esenciales con un IAE incluido en la correspondiente convocatoria y cuya actividad haya resultado afectada y significativamente reducida como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19 y del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que provocó la suspensión y limitación en el desarrollo de estas actividades.

Información de Interés

Los interesados, con carácter obligatorio, incluidas las personas físicas (empresarios individuales o autónomos) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán dirigir su solicitud a la Presidencia del Instituto de Fomento mediante la presentación por medios electrónicos de solicitudes y documentación complementaria en los términos previstos en la Resolución del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de 30 de enero de 2007, publicada en el BORM, nº 36 de 13 de febrero de 2007, conforme al modelo que encontrará en la dirección de Internet: https://sede.institutofomentomurcia.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica de usuario expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.

La solicitud normalizada en la que se integran las declaraciones responsables correspondientes, firmada electrónicamente, deberá ir acompañada con carácter general, de la siguiente documentación:

* Común para todos los solicitantes:

  • En su caso, los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.
  • Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, mediante cualquier medio válido en Derecho, cuando actúe como representante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y entre otros, los previstos en el artículo 32.3 del Real Decreto 203/2001, de 30 de marzo.
  • Certificado de entidad financiera indicando la cuenta bancaria del solicitante en la que se abonará, en su caso, la subvención otorgada.

* Para todos los solicitantes, salvo los autónomos socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado cuya actividad esté comprendida en la clasificación del IAE, Sección Primera. División 6. Agrupación 66. Grupo 663:

  • Certificado emitido por la AEAT de situación censal, con una antigüedad máxima de diez días naturales a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
  • Certificado de plantilla media del período comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social. En el caso de no disponer de plantilla durante este periodo, deberá acreditar Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social de no estar inscrito como empresario.

* Para aquellos solicitantes que sean autónomos socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado cuya actividad esté comprendida en la clasificación del IAE, Sección Primera. División 6. Agrupación 66. Grupo 663:

  • Resolución de reconocimiento de alta de autónomo emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
  • Certificado emitido por la Cooperativa de trabajo asociado acreditando su pertenencia.
  • Certificado de situación censal emitido por la AEAT de la Cooperativa a la que está asociado el autónomo.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Pueden resultar beneficiarios PYMES, incluidos autónomos y comunidades de bienes, así como los autónomos socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado cuya actividad esté comprendida en la Sección Primera. División 6. Agrupación 66. Grupo 663 de los epígrafes del IAE.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14036708)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Tener cuatro o menos empleados de plantilla media entre el 14 de marzo de 2020 y 30 de junio de 2021.

Tener centro de trabajo en la Región de Murcia.

Tener sede social en España.

Ejercer una actividad comercial no esencial de las comprendidas en la correspondiente convocatoria con anterioridad a 14 de Marzo de 2020 y continuar desarrollando la misma actividad en el momento de la presentación de la solicitud de subvención en la correspondiente convocatoria.

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

No existen datos para este epígrafe

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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