Por tareas de mantenimiento, entre las 08:00 y las 08:45 horas del día 17/12/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Parque Móvil Regional, Educación y formularios genéricos de esta sede podrán estar temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Subvenciones destinadas a la modernización de los alojamientos turísticos regionales y mejora en los ámbitos de la transición verde y sostenible, de la eficiencia energética y de la transición digital, dando así cumplimiento a lo previsto en la Actuación de Cohesión entre Destinos (ACD) “Plan de Revitalización y Sostenibilidad de los Alojamientos Turísticos de la Región de Murcia”, integrado en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino de la Región de Murcia-Programa extraordinario 2022, que se enmarca en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos y contribuyendo, por tanto, a alcanzar los objetivos relacionados con el Componente 14 Inversión 1, Submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), al que pertenece.
E-mail: ayudas.alojamientos.regiondemurcia@tragsa.es
Web: https://www.itrem.es/itrem/otras_ayudas/subvenciones-alojamientos/
Las actuaciones subvencionables son las 108 actuaciones recogidas en el Anexo III de la Orden de Bases y Convocatoria de estas ayudas. La definición del campo "Etiqueta climática" del Anexo III, junto con los requisitos para su cumplimiento, vienen establecidas en el Anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 febrero de 2021).
• Las actuaciones deberán cubrir los 4 siguientes Ejes de Actuación (con un % mínimo por eje):
• Eje 1: Transición verde y sostenible.
• Eje 2: Eficiencia energética.
• Eje 3: Transición digital.
• Eje 4: Competitividad.
Inversión mínima por eje:
• Eje 1: 15% del importe solicitado
• Eje 2: 20%
• Eje 3: 10%
• Eje 4: 10%
Actuaciones en inmuebles:
• El inmueble en el que se realicen las actuaciones financiables deberá haberse construido con anterioridad al 1 de enero del año 2019.
NO SON SUBVENCIONABLES:
• Las realizadas en inmuebles existentes que supongan una ampliación, aumentando su superficie o volumen construido.
• Las realizadas en inmuebles existentes que conlleven un cambio de uso turístico del inmueble.
Los importes subvencionables son:
• 100% del coste total de las actuaciones, excluyendo impuestos indirectos como el IVA.
• Cuantía máxima por solicitud: coste total de las intervenciones en las diferentes modalidades de alojamiento y según nº de plazas en el Registro.
• Los límites serán los siguientes:
ALOJAMIENTOS | Nº PLAZAS | CUANTÍA MÍNIMA | CUANTÍA MÁXIMA |
HOTELEROS | Menos de 30 | 30.000 euros | 100.000 euros |
Entre 30 y 80 | 50.000 euros | 150.000 euros | |
Más de 80 | 75.000 euros | 300.000 euros | |
EXTRAHOTELEROS | Menos de 100 | 20.000 euros | 40.000 euros |
Entre 100 y 399 | 30.000 euros | 75.000 euros | |
Entre 400 y 1000 | 50.000 euros | 100.000 euros | |
Más de 1000 | 75.000 euros | 200.000 euros |
Todas las actuaciones subvencionables deberán estar finalizadas el día 1 de febrero de 2026
Más información en https://www.itrem.es/itrem/otras_ayudas/subvenciones-alojamientos/
Alojamientos turísticos reglados de la Región de Murcia (excluidas viviendas de uso turístico y áreas de autocaravanas)
INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)
Ejercer legalmente la actividad, con inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia o haber presentado ante el ITREM una declaración responsable completa para la obtención de la clasificación turística.
• Apartamentos turísticos y casas rurales, deberán estar inscritos en el Registro con fecha anterior a 01/01/2022 y acreditar una frecuencia mínima de los servicios de hospedaje: 15 o más contrataciones dentro de cada uno de los 2 últimos años naturales anteriores.
• Mantener la inscripción de los alojamientos en el Registro y en el tráfico turístico durante un mínimo de 5 años, a contar desde el 1 de febrero de 2026.
• Presentar la solicitud, las declaraciones responsables y el resto de documentación exigible únicamente a través del presente procedimiento (3673) de la Sede Electrónica de la CARM.
• Comunicar otras subvenciones o ayudas sujetas a minimis.
• Estar al corriente de las obligaciones económicas o tributarias.
• Someterse a cualquier actuación de comprobación, seguimiento y control.
• Justificar la realización de las actuaciones en los términos establecidos en la Orden.
• Cumplir las obligaciones del PRTR (DNSH, ausencia conflicto de interés, comunicación, etc.).
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES |