Subvenciones a empresas de economía social. Reto demográfico (código 3680) (SIA 2773488)

Información Básica

Objeto:

Incentivar y promover los proyectos de empresas de economía social que aumenten la empleabilidad y el emprendimiento de las personas jóvenes que habiten o vayan a habitar en municipios que no formen parte de una gran área urbana –de las delimitadas en el Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas de España del Ministerio de Fomento–, y que tengan una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes, siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.

En esta situación se encuentran los municipios de Abanilla, Albudeite, Aledo, Campos del Río, Moratalla, Ojós, Pliego, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura, siendo los destinatarios de las ayudas personas jóvenes, mayores de 16 y menores de 30 años, incluidas aquellas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, del Fondo Social Europeo.

Información de Interés

La ayuda por importe del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente por cada mes de permanencia real efectiva en la actividad, con un mínimo de 6 meses y hasta un máximo de 12 meses, va dirigida a personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas aquellas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo, y que estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, del Fondo Social Europeo, que se den de alta en la Seguridad Social, ya sea en régimen general o especial que corresponda y que habiten o vayan a habitar en cualquiera de los diez municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que tienen una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década, esto es, Abanilla, Albudeite, Aledo, Campos del Río, Moratalla, Ojós, Pliego, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura.

La solicitud de subvención deberá registrarse dentro del plazo de un mes desde el día siguiente al alta, y no se admitirán altas efectuadas con anterioridad a la apertura del plazo de solicitudes. 

Se podrá compatibilizar este Alta en la Seguridad Social con el inicio de otro trabajo siempre que este último sea posterior a la incorporación al proyecto, no se abandone la actividad económica efectiva subvencionada, ni coincida con el mismo horario laboral, y se respeten las características de permanencia.

Para mayor información, existe una guía publicada en el siguiente enlace http://autonomoscarm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Personas mayores de 16 y menores de 30 años que constituyan o se incorporen como socios trabajadores a empresas de economía social de alguno de los municipios de Abanilla, Albudeite, Aledo, Campos del Río, Moratalla, Ojós, Pliego, Ricote, Ulea o Villanueva del Río Segura.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS Y ECONOMÍA SOCIAL (A14046234)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas jóvenes que cumplan las siguientes condiciones:

a) Que sean mayores de 16 años y menores de 30 años de edad al momento del Alta en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente.

Una vez cumplidos 30 años, podrán ser beneficiarios de estas ayudas si inician su participación antes de que transcurran 4 meses. Las personas que no hayan sido debidamente inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil antes de cumplir los 30 años o que no hayan empezado a participar en el proyecto antes de cumplir los 30 años y 4 meses, no resultarán beneficiarias. En el caso de cumplir los 30 años y 4 meses mientras participa en el proyecto, será beneficiaria hasta el final de la intervención.

Se entiende como fecha de inicio de participación en el proyecto o inicio de actuación, el primer día de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente.

b) Que no estén ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo al momento del Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente.

c) Que estén inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, el día natural anterior al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente, teniendo en cuenta lo dispuesto en la letra a) anterior.

d) Que residan en el momento del Alta y durante todo el periodo de ejecución de la subvención, en alguno de los 10 municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que se recogen en el artículo 1 de estas bases reguladoras.

En este sentido, podrán participar tanto los jóvenes ya residentes como aquellos que retornen o se instalen en los citados municipios.

e) Que el centro de trabajo del solicitante radique al momento del Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente, y durante todo el periodo de ejecución de la subvención, en alguno de los 10 municipios de la Región de Murcia que se recogen en el artículo 1 de las presentes bases reguladoras. Siempre y cuando el solicitante lo justifique de manera motivada, se podrá admitir el teletrabajo o la existencia de un centro de trabajo itinerante; para ello será necesario que el beneficiario tenga su domicilio fiscal y resida en alguno de los citados municipios.

f) Que inicien o hayan iniciado una actividad económica profesional con su correspondiente Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente, con fecha de Alta dentro del plazo para presentar solicitudes establecido en la correspondiente convocatoria. La solicitud de subvención deberá registrarse dentro del plazo de un mes desde el día siguiente al alta, para que pueda considerarse justificado el carácter incentivador de la ayuda.

No se admitirán altas efectuadas con anterioridad a la apertura del plazo de solicitudes. Se podrá compatibilizar este Alta en la Seguridad Social con el inicio de otro trabajo siempre que este último sea posterior a la incorporación al proyecto, no se abandone la actividad económica efectiva subvencionada, ni coincida con el mismo horario laboral, y se respeten las características de permanencia de la actuación en que se encuentre.

Los socios trabajadores de empresas de economía social podrán estar integrados en el Régimen General o en algunos de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, según proceda de acuerdo con su actividad, o darse de alta como trabajadores autónomos en el régimen especial correspondiente.

Requisitos posteriores

Los beneficiarios de la subvención quedarán sujetos al cumplimiento de las obligaciones contempladas en el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en concreto, a las que a continuación se relacionan:

a) Cumplir el objetivo y requisitos de la subvención, mediante el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de autónomos que corresponda, o en la mutualidad alternativa obligatoria correspondiente, accediendo al autoempleo como autónomo o incorporándose a una empresa de economía social como socio de trabajo en régimen general o régimen especial, según corresponda.

b) Residir en cualquiera de los diez municipios de la Región de Murcia relacionados en el artículo 1 de la presente convocatoria durante el tiempo de ejecución de la subvención.

c) Cumplir con una permanencia mínima y efectiva de 6 meses de alta en Seguridad Social para que la actuación sea elegible para la financiación, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6 sobre las normas del cómputo y suspensión de la permanencia efectiva.

d) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la subvención, así como la realización de la actividad subvencionada, sometiéndose a las actuaciones de comprobación del órgano concedente y de cualquier otro órgano de control.

e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y con la Seguridad Social o régimen de previsión alternativo correspondiente.

f) Facilitar al órgano concedente de la subvención así como al organismo intermedio la información que sea necesaria para comprobar el buen fin de la subvención.

g) Cumplir con las obligaciones de publicidad establecidas en el artículo 18 de las bases reguladoras.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud subvenciones dirigidas jóvenes trabajadores que realicen su actividad en municipios de menor población a través de la participación en empresas de economía social (programa “Economía social Reto demográfico”).
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Anexo II Declaración responsable general
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Anexo III Declaración responsable sobre minimis
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Anexo IV Declaración responsable del participante al inicio de la actuación
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de situación laboral en la Seguridad Social (*)
  • Vida laboral (últimos 12 meses) (*)
  • Copia simple de poderes notariales (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones con las CCAA (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud subvenciones dirigidas jóvenes trabajadores que realicen su actividad en municipios de menor población a través de la participación en empresas de economía social (programa “Economía social Reto demográfico”).   [Fuera de plazo: 07-01-2022 – 01-10-2022]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
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