Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 8:00 y las 08:15 horas del miércoles día 03/07/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Solicitar la inscripción en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales, según el Decreto nº 131/2021 de 1 de julio por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Registro de Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo de la Región de Murcia
El Registro de ONGD es público. El derecho de acceso al registro se ejercerá en los términos y con las condiciones establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El tratamiento de los datos de carácter personal que se contengan en el registro y su publicidad se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales
, y garantía de los derechos digitales y demás disposiciones complementarias.
Los datos almacenados en el Registro electrónico de ONGD tendrán que estar disponibles a través del portal regional de datos abiertos en formato abierto y reutilizable, salvo en aquellos casos en que por motivos de protección de datos no puedan ser publicados en ese formato, debiendo, en este caso, estar anonimizados.
Dispone de una guía para el Registro de Organizaciones No Gubernamentales Para el Desarrollo de la Región de Murcia, Acceso a la Guía
El Registro de ONGD se organiza en tres secciones:1. Sección A: Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo.2. Sección B: Universidades y otras instituciones de enseñanza o investigación en la cooperación internacional para el desarrollo.3. Sección C: Otras entidades públicas o privadas que tengan entre sus fines la realización de actividades de cooperación para el desarrollo o actúen en este ámbito.
DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR Y COOPERACIÓN (A14042457)
Podrán solicitar su inscripción en el Registro de ONGD, las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y demás agentes de cooperación que cumplan los requisitos exigidos en la Sección 1ª del Capítulo VI de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, y tengan sede o delegación permanente en la Región de Murcia.
La solicitud de primera inscripción de las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y de los restantes agentes de cooperación internacional deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente de la persona representante, sólo en caso de que no se autorice su consulta.
b) Copia del nombramiento de la persona representante legal de la entidad y del nombramiento de la persona representante de la entidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
c) Acuerdo de creación de la entidad si es la primera inscripción en cualquier registro de las administraciones públicas. Las entidades ya inscritas en otro registro lo indicarán, junto con el código y la fecha de inscripción.
d) Estatutos de la entidad o documento que acredite su personalidad jurídica.
e) Copia del NIF de la entidad solicitante, sólo en el caso de denegar expresamente su verificación.
f) Acreditación de tener su domicilio social o delegación en la Región de Murcia.
g) Certificación de la representación legal en relación a la aprobación, en su caso, de las cuentas anuales, así como copia de éstas.
h) Certificado de inscripción en el registro correspondiente, en su caso.
i) Memoria firmada por el representante legal de la entidad en la que se incluya una breve descripción de la actividad que realiza la entidad, el sector al que se dirige su actuación, sus recursos económicos, humanos y técnicos; la relación de actividades, proyectos y programas que la entidad hubiera realizado en materia de cooperación internacional para el desarrollo, acción humanitaria, ayuda de emergencia o actividades de educación y sensibilización para el desarrollo y ciudadanía mundial; y, en su caso, las subvenciones y ayudas destinadas a la cooperación internacional para el desarrollo recibidas en los tres últimos años por parte de las administraciones públicas o por donantes internacionales; así como la declaración responsable sobre el cumplimiento de las normas ambientales, sociales, laborales y en general, de derechos humanos en territorio español y en los países de intervención.
Los datos inscritos en el Registro de ONGD a los que se refieren las letras j), k), l) y m) del artículo 7 deberán ser actualizados dentro de los cuatro primeros meses de cada año con respecto al año natural anterior, mediante comunicación del representante legal de la entidad, acompañada de la documentación necesaria para su actualización. La falta de comunicación por parte de la entidad en el plazo estipulado producirá la suspensión de los efectos de la inscripción si, realizado el requerimiento por parte del registro, la comunicación no se produjera en el plazo de un mes. En todo caso, la suspensión finalizará en la fecha en la que se produzca la aportación de la documentación
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada |