Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Autorizar a los usuarios el uso de reproducciones de documentos del Archivo General de la Región de Murcia para divulgarlos por cualquier medio (publicación impresa, página web, material de exposiciones...).
La solicitud de reproducciones se realiza a través de la web del Archivo General de la Región de Murcia.
Para darse de alta como usuario es necesario cumplimentar el formulario de registro.
Investigadores, usuarios del Archivo y ciudadanos en general.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL (A14036973)
Es recomendable que el solicitante de la autorización para la publicación de documentos esté registrado como usuario del Archivo General. Puede ser usuario cualquier ciudadano mayor de 18 años.
En caso de que se desee divulgar documentos del Archivo por cualquier medio (publicación impresa, página web, exposiciones ...), debe solicitar autorización expresa a la dirección del centro mediante el correspondiente formulario.
Si necesita, además, obtener copias digitales de los documentos, tenga en cuenta que las reproducciones de los mismos se proporcionan a efectos de investigación y uso personal y que se solicitan directamente a través de la página web del Archivo General (https://archivogeneral.carm.es/) tal como se explica en su menú Servicios > Mis peticiones de copias
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.