Contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación. PROGRAMA INVESTIGO. (código 3720) (SIA 2776310)

Información Básica

Objeto:

Contratación por organismos de investigación y difusión del conocimiento y empresas,  de personas jóvenes investigadoras, técnologas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, de 16 o más años y que no hayan cumplido 30 años, que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Regional de Empleo y Formación en el momento de comenzar la relación contractual, para  la realización de iniciativas de investigación e innovación.

Información de Interés

La duración de los contratos a subvencionar será de un año. Los contratos objeto de subvención, que habrán de ser a tiempo completo, se realizarán conforme a la normativa laboral. No se podrán contratar personas jóvenes que hayan desempeñado cualquier tipo de puesto de investigación en la misma entidad, empresa o grupo de empresas en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores. Como personal de apoyo subvencionado se podrá contratar hasta un 10% del total de puesto de trabajo ofertados, excluyéndose los trabajos de apoyo administrativo.

Se consideran los siguientes módulos: Módulo A: ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación, en el caso de contratos en los grupo de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive y Módulo B:ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación, en el caso de contratos en los grupo de cotización de la Seguridad Social 4a 1, ambos inclusive.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de dos meses, contados desde la fecha presentación de la solicitud a través de la sede electrónica. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, el interesado podrá entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.5 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin que ello exima a la Administración de la obligación legal de resolver.

Una vez dictada la resolución de concesión se procederá al pago anticipado de la totalidad del importe de la subvención.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN (A14041092)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. De acuerdo con el artículo 5 de la Orden de convocatoria y el artículo 4 de la orden de bases, podrán acogerse a la presente convocatoria los siguientes organismos, centros y entidades de investigación y de difusión de conocimientos, relacionados a continuación, que tengan domicilio social o centro de trabajo en la Región de Murcia:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el art. 47 de la Ley 14/2021, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología y la Innovación.

b) Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia.

c) Universidades públicas regionales, sus institutos universitarios, y las universidades privadas regionales con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que estén inscritas en el registro de universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el registro de Universidades, Centros y Títulos.

d) Centros e instituciones sanitarias privadas, sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades I+D+i.

e) Institutos de investigación biomédica o sanitaria regionales, sin ánimo de lucro,  acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias

f) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, sin ánimo de lucro, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales Centros.

g) Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.

h) Empresas privadas, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma.

En el caso de que alguno de los centros enumerados en el apartado anterior careciesen de personalidad jurídica propia, constará como solicitante y beneficiaria la entidad con personalidad jurídica que tenga encomendada su actividad investigadora.

2. Para obtener la condición de beneficiario los organismos, centros y entidades en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

d) No estar incursos en el resto de las circunstancias que, de conformidad con el artículo 13.2 y 3 de la LGS, impiden obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en dicha norma.

e) Si la subvención solicitada supera el importe de 30.000 euros, las personas jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, deberán cumplir, los plazos de pago que se establecen en la citada Ley (artículo 13.3 bis de la LGS).

f) Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha de 29 de diciembre de 2021 (BORM n.º 23, de 29/01/2022).

3. Los requisitos mencionados en el apartado anterior se acreditarán del siguiente modo:

  1. Los de los apartados a), b) y c), mediante certificados acreditativos de estas circunstancias o, en el caso de organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público, mediante declaración responsable.
  2. El apartado d), mediante la presentación de la declaración responsable a que se refiere el artículo 13.7 de la LGS, con carácter previo a la concesión de la subvención.
  3. El apartado e), por los medios de prueba recogidos en el apartado 13.3.bis de la LGS.
  4. El apartado f), mediante la aportación del correspondiente compromiso.

Requisitos posteriores

De acuerdo con el artículo 14 de la Orden de convocatoria y el artículo 13 de la orden de bases, las personas participantes serán seleccionadas por la entidad beneficiaria con un mes de antelación al inicio previsto de los contratos. Las ofertas de trabajo deberán publicarse en el portal de empleo regional, así como en la página web de la entidad contratante, o por cualquier otro medio que permita dar amplia difusión a los puestos de trabajo ofertados.

La formalización del contrato de trabajo se realizará dentro del plazo de 40 días naturales tras la notificación de la concesión de la ayuda al beneficiario, salvo en casos de fuerza mayor o por causas debidamente justificadas, en que se podrá autorizar el aplazamiento de la formalización por el órgano instructor.

El régimen de seguimiento, control, evaluación y justificación será el establecido en el artículo 14 de la orden de bases.

La entidad beneficiaria comunicará a la Dirección General de Universidades e Investigación el inicio de los contratos en el plazo de quince días hábiles desde dicho inicio, con indicación del número de personas trabajadoras desempleadas contratadas, acompañada del documento cumplimentado por cada uno de los trabajadores contratados, autorizando o no la consulta de datos personales, utilizando los modelos disponibles en este procedimiento 3720.

La entidad beneficiaria, en los cinco primeros días de cada mes, deberá proporcionar a la citada Dirección General información actualizada de las contrataciones subvencionadas (incluso en el supuesto de que no se hayan producido modificaciones respecto a la información proporcionada en el mes anterior) utilizando el formulario disponible en este procedimiento 3720. Este formulario deberá aportarse también en hoja EXCEL.

La entidad beneficiaria, en el plazo de dos meses, computado desde la finalización de las contrataciones, y en todo caso, antes del tercer trimestre de 2025, presentará ante la referida Dirección General la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas y de los gastos realizados, mediante el régimen de módulos de acuerdo a lo previsto en los artículos 69 y 76 a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Dicha justificación se realizará mediante la aportación de la documentación indicada en el punto 4 del artículo 14 de la orden de bases, que incluirá una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos así como una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas en función de los resultados obtenidos, con los contenidos mínimos que se establecen en el citado artículo. A tal efecto se deberán cumplimentar los modelos disponibles en este procedimiento 3720.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Formulario de solicitud según modelo Anexo I
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Declaración responsable cumplimiento de requisitos. Anexo II
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    Memoria - Programa de actuación con el programa de contratación de la entidad. Anexo III
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    Memoria de la iniciativa de investigación e innovación. Anexo IV
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Declaración cumplimiento principio DNSH según modelo Anexo V.
  • Declaración
    (Obligatorio / No original)
    Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR. Anexo VI
  • Declaración
    (Obligatorio / No original)
    Declaración responsable sobre cesión de datos y protección de los intereses financieros de la Unión. Anexo VII
  • Inscripción en el Registro administrativo correspondiente.
    (No obligatorio / No original)
    Inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, en su caso
  • Escritura de constitución
    (Obligatorio / No original)
  • Estatutos
    (No obligatorio / No original)
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    Acreditación del poder de representante legal de la entidad
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / No original)
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (Obligatorio / No original)
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Documentación acreditativa de disponer de centro de trabajo en la Región de Murcia, en su caso.
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Documentación acreditativa de que la entidad desarrolla actividad de I+D+i, en su caso.
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Normativa que regule la creación o reconocimiento de la entidad solicitante, en su caso.
  • Acta
    (Obligatorio / No original)
    Acta fundacional, en su caso.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Vida laboral (últimos 12 meses) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.   [Fuera de plazo: 03-05-2024 – 12-05-2024]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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